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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Yo el los contratos pongo que tambien valen de recibo. Al firmarlos el comprador confirma que ha realizado el pago y el vendedor confirma que ha recibido el pago.
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"Born to sail, but forced to work..." |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a RMR2ENG | ||
Mirlotu (04-05-2012) | ||
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#2
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Antes de comprar:
Conviene asegurarse de que el barco no está hipotecado o embargado y que el propietario es quien te lo vende, para esto, pedir la información en Capitanía. (El barco puede estar embargado y el propietario ni saberlo) Conviene asegurarse de que la documentación coincide con el barco, comprobando el número del casco y del motor. (La matrícula es solo una pegatina muy fácil de cambiar o manipular) Si el barco procede de lista 6ª y tiene menos de 4 años, que te acredite que liquidado el Impuesto de matriculación y te entregue copia de ese documento. En el momento de la compra, una vez que pagues el barco, debes tener en tu poder copia del Documento de Identidad del vendedor, tu copia del contrato de compraventa y el barco mismo. Con esto lo podrás poner a tu nombre aunque la otra parte no quiera hacerlo. Además asegúrate de que te entregan todo el equipamiento que hayáis pactado. Si das más detalles de la compra, seguro que te llega más información, hay que tener cuidado que hay muchos timos en la web. Saludos. |
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#3
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Buenas noches.
a tod@s.La copia del dni compulsada, por lo menos en Galicia.fer
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A QUIEN MADRUGA DIOS LE DA MAS TRABAJO. |
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