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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Desgraciadamente son habituales las noticias de este tipo que suelen contener: .......si bién es sobradamente conocida la prohibición de xxxxx hasta ahora no se habían aplicado sanciones por el incumplimiento.......
Parte del problema reside en la facilidad con la que se entra al juego de la incongruencia, facilidad derivada de la comodidad. La prohibición de los 200 m lleva en vigor ni se sabe, pero es ahora y no cuando se tuvo conocimiento, cuando al conocerse la aplicación de sanciones se pone en movimiento el personal. Si esa normativa en según que zonas es incongruente lo era antes y lo es ahora, no hay que esperar a que nos peguen el palo para ponernos el casco. Y como estas hay ni se sabe......porque también hay que tener presente que si un concesionario accede a la explotación de unos pantalanes, mediante "x" cosas entre las que se incluye el pago de un canon a la administración y, salvo un mes en verano que se abarrota, los otros 11 está vacío, mientras ve enfrente una cantidad indeterminada de embarcaciones fondeadas en un lugar que la misma administración prohibe..........será cuestión de tiempo que eleve protesta formal ó pida que el canon se les cobre a los fondeados, no ? Menos mal que "gracias" al problemón en el que estamos todos inmersos, y ante la imposibilidad de exprimir más al contribuyente que está a punto de constatrse, la siguiente obligación que nos van a imponer (porque de otra forma, ni por esas) es enviar a la oficina del inem a no menos de la mitad de inoperantes cuya mayor avería no es estar cobrando sin hacer nada, sino que cuando se ponen a trabajar es de apaga y vámonos. ![]() |
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#2
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Creo que hay un poco de confusión con el tema de navegar a menos de 200 m de la costa (a menos de que sea yo el que esté confundido
)En principio, si la costa no está balizada, no hay prohibición de navegar, sólo la limitación de hacerlo a velocidad reducida: Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para Desarrollo y Ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. ![]() Editado por fletxa en 08-05-2012 a las 21:47. |
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#3
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![]() tiene que quedar bien clarito y por fabor dejaros de criticar por criticar hoy estuve charlando con el capitan maritimo que es el unico que puede multar a barcos fondeados (con ancla) y me ha dicha que el fondeo es libre y gratuito con las unicas restricciones de las playas balizadas y los 50m correspondientes lo que esta prohibido por la lei de costas es poner muertos i o estar AMARRADOS (que no fondeados ) a un muerto en este ilo han intervenido 30 cofrades de los cuales a ninguno se le ha ocurrido informas a ANAVRE u a otra asosiasion no puedo intentar defender nuestros derechos si no me entero de cuando han sido bulnerados ![]() ![]()
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