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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola Diavolo.
Tal como ha comentado KIBO, para tenerlo legalizado debes registrarlo, para poderlo hacer necesitas lo siguiente: - Certificado de homologación: si me indicas marca y modelo lo puedo buscar. - Certificado de idoneidad: lo debe firmar un instalador homologado por Marina Mercante. - Certificado de instalación: lo debe firmar un instalador homologado por Marina Mercante. Con dicha documentación, en Capitanía te deberían emitir de nuevo el Certificado de Navegabilidad y la Licencia de Estación, incorporando tu transmisor AIS a la lista de dispositivos de telecomunicaciones. De todas formas, como evidentemente debes tener Licencia de Estación de Barco, ya tienes el MMSI registrado y puedes emitir tu posición. No se si estoy equivocado, pero podrías esperar a la próxima ITB para legalizar la instalación y no creo que tuvieras ningún problema legal, puesto no es un equipo obligatorio en buques de recreo. Saludos, Ganxet |
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#2
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Para evitar toda esta parafernalia, recomiendo comprar una Radio VHF con DSC y AIS incorporado (receptor)
Yo tengo ésta, pero hay muchas. http://www.navicom.fr/plaisance/comm...-ry650-1-ry651 Una vez que la tengas registrada en tu Certificado y con la LEB obtenida para dicha radio, olvídate de tener que "entrar en la dinámica" de la DGMM. Un saludo |
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#3
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Cita:
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#4
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Cita:
me parece que sí tendrás problemas. Creo recordar que cualquier aparato de radio abordo debe estar homologado, registrado, bendecido y pintado del color reglamentario, incluso si no es necesario llevarlo. ¿Absurdo? ¡ Tómate una tila y a disfrutar de la vida !: 18968 REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles Artículo 12. Instalación y desmontaje de equipos radioeléctricos marinos. 1. Todos los equipos radioeléctricos que se instalen en los buques españoles, sea cual sea su clasificación, deberán ser registrados por la Administración marítima y precisan de autorización previa para su instalación a bordo. En fin, no soy abogado, y las normas hay que verlas en relación unas con otras y en toda su extensión, pero me parece que... Saludos TETERETE |
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#5
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Hola amigos del foro.
Acabo de leer esto: Parte del RD 1435/2010, artículo 12.2: ...Cuando se trate de equipos portátiles, respondedores de radar, receptores, sondas, u otros equipos no obligatorios con potencias inferiores a 25 vatios, será suficiente la presentación de la factura de compra y su provisión a bordo no requerirá la certificación de ninguna empresa instaladora. De ello deduzco que, al no ser obligatorio el transmisor AIS, no sería necesario presentar el certificado de instalación para registrarlo en la LEB. Saludos, Ganxet |
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#6
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Cita:
Efectivamente no es necesario que se muestre certificado de instalador autorizado PERO SI que tienes que presentar la factura e incluirlo en la LEB, de no ser así, no vas legal.
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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#7
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El AIS , como equipo NO obligatorio se puede instalar y No necesita "papeleo" pero bueno es declararlo para que si un día lo es , ya este a bordo
Pero para todo lo anterior hace falta que el equipo se "homologado", sino como si no estuviese
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#8
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Hace una semana presente docunentación en Capitanía para incluir varias cosas en Leb entre ellas un transpondedor AIS y no necesité ni factura ni documento alguno del instalador.
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La libertad es ser dueño de tu tiempo. http://www.imystic.es http://imysticblog.blogspot.com.es Socio Anavre 1148 Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241 Ex-Mysticibiza
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#9
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Cita:
Entonces ¿qué documento necesitas para inscribir el transpondedor? Supongo que necesitan nº de serie, marca, modelo, etc. ¿Existe algún formulario para "modificar" la LEB? Solamente he encontrado el formulario de nueva estación. Gracias y Saludos, Ganxet |
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