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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
LA LEY dice que cualquier persona que vaya a realizar una inmersión con botella o suministro desde superficie debe tener una titulación que le habilite. No hay más; en todo caso, quien estará con lo mismo es quien no se quiere enterar. Más; no tiene nada que ver bucear con snorkel, bucear en apnea y bucear con botella a nivel fisiológico ni fisiopatológico...pero bueno, además es que tiene muchos más aspectos que has de saber. A) Donde puedes arreglar tu propia embarcación? dentro de puerto es negativo. B) Fuera de puerto, estás indicando que estás en el agua? Como se indica? Que en los cursos de buceo no solo se dice como se "enchufa" el aparato... C) Estás solo en el agua? Muy bien hecho, si señor. Un simple mareo o vértigo y estás en una complicación innecesaria. D) Dispones de un seguro de accidente + responsabilidad civil? Mira que el juez no entiende...un accidente, muertos, un atropello, abollamientos y encima tiene la cara de pedirle a la doliente que "apechugue" con los gastos de busqueda y rescate + + + + con el Hundido aún de cuerpo presente... o por la mala praxis del pseudo-buceador meter en una ruina a terceros. Como verás, al menos yo lo tengo muy claro, mucho. Y por cierto, es que para coger cualquier cosa haciendo pesca-submarina (no hablamos de pulpos que es aún peor) es de obligada tenencia un permiso administrativo expedido por el organismo competente y un CERTIFICADO MÉDICO con máximo un año de antigüedad... Un saludo. |
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