Veo que el tema que abrí es interesante y no se habia tratado en esta Taberna, incluyo la nefasta normativa que por lo que parece ampara los derechos y deberes de los invitados en un barco. Supongo que todas estas disposiciones y normas de nuestra querida

Hacienda se refieren a barcos particulares. En caso contrario se podrian poner la botas recaudando si suben a un barco de grimaldi o Royal caribe de bandera extranjera y empiezan a multar a todos los "invitados" de ese barco

Fuera bromas, veo que la normativa está redactada con el único fin de recaudar dinero,*****************
Yo entiendo que un barco de bandera extranjera, de armador extranjero, amarrado en españa unos meses y que tiene sus impuestos pagados tanto en su pais como en el puerto que pernocta, no tendria que tener el más mínimo problema para que lo pudiese usar otra persona con el fin de mantenerlo en buen estado. Un saludo
Joan