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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Según lo que he leido de los cofrades que vienen exponiendo su idea y que me gustaría corroborar con la lectura de la normativa correspondiente ( que aprovecho a pedir, a ver si alguien tiene todas las referencias legales: RD, ordenes resoluciones, e Instrucciones que son más dificiles de conseguir porque rara vez se hacen públicas dirigiéndose a los que las tiene que aplicar.) Tenemos dos tipos de certificaciones, la antigua 1313 y la nueva 1414. En la nueva se reconoce la Categoria de Navegación del Barco que es conocida bien por la definición del astillero o por su marcado CE. El problema es que los barcos anteriores al 1998 y que además tienen el astillero cerrado, no hay manera de asignarle categoría, salvo que se instruya en concreto para rellenar el vacío legal. A falta de isnstrumento se le aplica la legislación anterior, y a ojo de buen cubero el aplcador de la norma, con buena voluntad, (o la que sea) rellena el vacío con una intrpretación que la administración está obligada a dar pero se hace por funcionarios que no tienen la capacidad legal de legislar, por ello se pueden tener tantos certificados, y/o pemisos de nevegación con despachos de zona tan dispares. Así, a falta de regulación, hay quien se las apaña con un "lista" de debajo de la mesa; otros con barcos similares que tienen despachos en detrminada zona, y posiblemente los habrá quienes trasladen despachos anteriores a las categorías actuales y otros que como no hay nada escrito, se atienen a los más próximo o parecido. Y los más mezclando una normativa con otra y tenemos un cacao, que se acelera cuando hay inspectores que legislan, GC que sanciona, y autoridades de Capitanías que toman decisiones, que en teoría son válidas para cualquier capitania (en cuanto muevas el barco de lugar)... etc, etc. Aviso que mi aportación es sólo un comentario de comentarios. Para dar otra interpretación más informada (pero sin valor legal alguno) hay que leer TODA LA NORMA. Y después si se tiene algo claro, recoger unas cuantas interpretaciones distintas que ya hayan dado en forma de certificados diversos y remitirlas al defensor dle pueblo (si a estas fechas no se ha recortado) para que inste a la Administración correspondiente a que regule con objetividad y juicio lo que mejor proceda. Salu2 a tod@s, birras y mil perdones por el ladrillito. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a omis | ||
kivuca (09-06-2012) | ||
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#2
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Desde luego, esto da para una película. Esta gente vive en un mundo irreal. En cualquier empresa no les darían ni las llaves del cuarto de las escobas.
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#3
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Confirmado el equipo de seguridad que se exige hoy por hoy con el nuevo certificado está en función de la zona en la que estás. Me para la GC, enseño papeles, me dicen que no concuerda el permiso 25 millas con el certificado. Les explico que he pedido el cambio a zona 4 y es lo que me dieron. Se miran, y uno dice "como el otro, pues nada, buenas tardes y navegue con cuidado".
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#4
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Cita:
Tiene bemoles que el administrado tenga que pensar-esperar-sufrir lo que sea que le ha pasado al "otro"... porque al otro le puede haber pasado cualquier cosa depediendo de quien sea el "uno". Así que brindo por ti kuovadix pero en genaral, no brindo; ni por lo uno, ni por lo otro.slu2 a tod@s. |
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#5
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Total, que no solo la normativa se aclara, sino que estamos a merced del humor que lleve el GC de turno si te para, no?
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LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes
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#6
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Cita:
De todas formas, creo que para ser justos, tendrian que hacer un nota pública los que hacen las leyes, y que sea extensible a todos, no únicamente a los que tenemos la suerte de tener el nuevo certificado. ![]() |
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#7
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Acabo de hablar con capitania de Valencia (Acceso Sur, s/n. Puerto de Valencia, (96) 367 86 77) y me confirman que los nuevos certificados son como comentais:
No figura la zona, solo la categoria de diseño; ni siquiera figuran el nombre ni la matricula del barco. Lo divertido es que he llamado al club de yates de Moraira, y ni alquilan balsas, ni conocen esta norma. Por cierto, he llamado a Capitania de Alicante y confirman que desde Denia se puede cruzar a Ibiza con Zona 3. ![]() Editado por Kepilla en 11-06-2012 a las 12:56. Razón: (puse 'cruzar', pero no 'a donde') |
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#8
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Cita:
Para el alquiler de la balsa prueba con este cofrade. Salud!! ![]() |
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#9
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Hola a todos:
Donde debe constar la zona de navegación es en el PERMISO DE NAVEGACION y no en el Certificado de Navegabilidad. La zona de navegación, la elige el armador, entre las posibles según la categoría de diseño del barco. Saludos. |
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#10
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Buenas tardes, aquí un novato "más liao que la pata un romano".
He adquirido una embarcación de segunda mano con categoría de diseño C, despachada para zona 5. Estos días iba a pasarme por capitanía para cambiar a zona 6 (para empezar a navegar me va bien con 2 millas). Según leo y si he entendido bien, en vez de cambiar de zona, simplemente debería pedir el nuevo certificado de navegabilidad y ya cuidar yo de no sobrepasar las 2 millas si no llevo el VHF encima, verdad? Espero no estar diciendo ninguna pamplina ![]() Por cierto, los trámites los haría en capitanía de Cádiz, algún cofrade sabe como va por allí el tema del certificado éste? Un saludo y ![]() ![]() ![]() a mi cuenta. |
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