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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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#2
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siento discrepar ,
El hecho de abanderar un barco fuera de España no exima de pagar en impuesto especial de transportes , o mas conocido como " impuesto de matriculación " . ![]() |
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#3
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Perdona, pero eso que dices es incorrecto y puede inducir a error, si yo abandero 1 barco en pongamos Nepal, Burkina Faso o Bélgica no tengo que pagar nada a España. Es el uso en territorio Español si se trae 1 barco de fuera de España y se mantiene la bandera de origen y el propietario reside al menos durante 6 meses al año lo que origina la obligación de pagar los impuestos.
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#4
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Cita:
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#5
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hola , aver que soy un paquete estos temas , yo soy extranjero comunitario , residente en España , lo que he entendido de este hilo que si compro un barco con bandera belga , me puedo quedar con la bandera y solo tengo que cumplir la legislacion de la bandera en cuestion?¿
por ejemplo no tengo ningun titulo , no lo necesito con la bandera belga? en Epaña hay limites segun el velero zonas , si te pillan fuera de tu zona = multa . Con bandera belga no hay limites? gracias |
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#6
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Cita:
![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#7
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hola , una de ron para todos
bueno sigo sin poder creerlo , voi a pedir a todos los que tengan conocimieto de estas cosas que pongan cosas en contra de cambiar la bandera Española por belga (si es posible) gracias |
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