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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Yo es que me lo creo to.
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#2
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Estimados amigos voy a intentar arrojar un poco de luz sobre el tema:
la homologación del portátil en cuestión lo podeis ver en: http://www.fomento.gob.es/dgmmradio/EquiposDetalle.aspx?Tipoequipo=52&Busqueda=0 Podréis observar que en "modelo", en casi todo el resto de los equipos indica "SUMERGIBLE IPX7", pero en el HH125 no, es decir, no cumple con la norma IPX7. Y en la instrucción de servicio 4-2011 que podéis descargar en la página de ADIN: http://www.adin.cat/?co=contenido&lang=es&id=1671 Dice literalmente: "un equipo portátil de vhf no-solas (Aprobación 52.XXXX IPX7), en el caso de zona 5." Por tanto, y aunque nos parezca una chorrada, el equipo no es válido porque no cumple con la norma IPX7, no tiene nada que ver con la potencia del equipo .Espero haber ayudado un poquillo, saludos y unos cuantos ![]() ![]() ![]() |
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#3
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Buenas:
Ahora pregunto lo siguiente. Hace unos años, ese equipo era valido, yo lo tengo registrado en Capitania. Por el hecho de que hace un tiempo han exigido que sea IPX7, que pasa, lo tengo que cambiar? Y si compro ahora un IPX7 y el año que viene no vale, ¿lo tengo que cambiar? Tambien tengo un VHF fijo sin DSC que figura en el certificado de navegabilidad y en 2008 estaba homologado, luego salio otra ley y compre el portatil,(estoy en zona 5). Ahora volvemos a los que no tienen DSC, ¿me vale el que ya tengo homologado en 2008. ¿Tengo que cambiar de equipo cada año por capricho de Fomento? ![]() |
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#4
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Pues como dice el cofrade Pingüino me temo que se tendría que comprar alguno de los modelos del listado que publica Fomento?
Y según la normativa al tener fecha de caducidad estos modelos se debería de sustituir el equipo? pues vaya faena! ![]() Editado por ankaluze en 13-06-2012 a las 17:15. |
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#5
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Cita:
El fabricante la justificara por la mejoría de los equipos y la obsolescencia de los mismos, pero si un radar con 20 años funciona perfectamente, ¿Porque hay que cambiarlo por la caducidad de un certificado? Es la cultura del kleenex. En mi caso, tengo el plotter y radar antiguos y "caducos" , a pesar de ello funcionan perfectamente, incluso estan conectados con un nuevo GPS y el viejo piloto automatico (de un fabricante desaparecido hace años); en teoría debo desmontarlos pero los aguantare hasta mientras funcionen. ![]() |
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#6
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... o cambiamos de modelos según el capricho anual de cada legislador.... o cambiamos de país....
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#7
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Buenos días.
Por lo que tengo entendido la caducidad de una homologación de un equipo de navegación electrónico, afecta al momento en que lo tienes que registrar en capitanía, es decir en el momento de su registro no puede estar caducado, pero si caduca una vez instalado en la embarcación, el uso es perfectamente legal, lo que ya no podrás hacer es desmontarlo de esa embarcación para llevarlo a otra, por que no lo registrarían en capitanía por estar caducada su homologación. Espero haberos ayudado. ![]() ![]() |
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