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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
El fabricante la justificara por la mejoría de los equipos y la obsolescencia de los mismos, pero si un radar con 20 años funciona perfectamente, ¿Porque hay que cambiarlo por la caducidad de un certificado? Es la cultura del kleenex. En mi caso, tengo el plotter y radar antiguos y "caducos" , a pesar de ello funcionan perfectamente, incluso estan conectados con un nuevo GPS y el viejo piloto automatico (de un fabricante desaparecido hace años); en teoría debo desmontarlos pero los aguantare hasta mientras funcionen. ![]() |
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#2
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... o cambiamos de modelos según el capricho anual de cada legislador.... o cambiamos de país....
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#3
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Buenos días.
Por lo que tengo entendido la caducidad de una homologación de un equipo de navegación electrónico, afecta al momento en que lo tienes que registrar en capitanía, es decir en el momento de su registro no puede estar caducado, pero si caduca una vez instalado en la embarcación, el uso es perfectamente legal, lo que ya no podrás hacer es desmontarlo de esa embarcación para llevarlo a otra, por que no lo registrarían en capitanía por estar caducada su homologación. Espero haberos ayudado. ![]() ![]() |
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#4
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Cita:
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#5
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Cita:
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#6
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Debe ser como decís , simplemente añado que al estar los equipos "caducados" estos no aparecen en el inventario del certificado de navegavilidad.
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