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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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Cita:
Artículo 59. Zona de navegación 4. Las embarcaciones autorizadas a navegar por la zona 4deben ir provistas, como mínimo, de una instalación radioeléctrica de VHF apta para utilizar las técnicas de lla-mada selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009. Sin embargo el RD 1435/2010 cambio esta redacción. Quince. El artículo 59 queda redactado de la siguiente manera: «Los buques y embarcaciones de recreo autorizados a navegar por la zona 4 deben ir provistas, como mínimo, de una instalación radiotelefónica de VHF de tipo fijo.» Por lo que no es exigible DSC ni MMSI. Salvo mejor opinión. ![]() Editado por martinsabo en 16-07-2012 a las 18:43. |
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TANIT (16-07-2012) | ||
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