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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Teóricamente con el par de apriete de la mano debe ser suficiente... pero si necesitas algun "Popeye", seguro que algún cofrade se ofrece a darle un "apretoncillo" al filtro por tí. ![]() Lo cierto es que si que se tarda menos en el cambio de aceite que en leer el decálogo de 36 puntos que ha escrito Nonick ![]() ....aunque hay que decir que esta recogido con todo detalle lo que hay que hacer.![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tristan Primero | ||
amurablanca (23-07-2012) | ||
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#2
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Hola, buenos días, cambiar el aceite y los filtros es un cuestión de paciencia, es una chorrada, el problema puede venir después, lamentarás haber perdido el tiempo y dinero.
Cuando te pare la patrullera y te pida la factura del taller autorizado y la certificación de la comandancia, como que el taller a reciclado el aceite y los filtros, se te va a caer el pelo. La multa es de las gordas, por lo menos en la zona de Denia. Bueno, es algo que ya deberías saber, porque la ley existe y no puedes alegar desconocimiento. Si tienes suerte y no te paran, todo eso que te ahorras. El aceite lo debes cambiar, según la ley, todos los años, uses el motor o no lo uses. Aunque sea un motor de 2 tiempos, como le pasó a un conocido con el motor auxiliar, el policia le dijo que en la cola lleva aceite y también lo tienes que cambiar todos los años. Es una ley estúpida, pero la tienes que cumplir. Espero que te sirva mi aportación. Saludo y birras............. ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Niko53 | ||
amurablanca (23-07-2012) | ||
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#3
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Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() No entiendo. Sabes en Dénia que hacen los profesionales con el aceite que sacan de los cambios de , por ejemplo, las embarcaciones que mantienen en mi club (Real Club Náutico de Dénia)??? Verterlos en los contenedores habilitados a tal efecto por el club dentro de sus instalaciones, y que por supuesto pagamos los socios, y que son debidamente retirados por empresas autorizadas a tal efecto. Hay de aceites, baterias, filtros, pinturas, disolventes, carton, envases.......vamos, "detó". Qué diferencia hay entre que lo viertan ellos o yo?? Podrías decirme en que BOE esta publicada esa ley?? A mi jamás me han pedido dichos documentos......y me han parado muchas veces. ![]() Editado por Tristan Primero en 23-07-2012 a las 12:05. |
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#4
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Cita:
Por otra parte, en mi puerto hay un lugar para el depósito del aceite usado, que está bajo llave y cumple todos los parabienes. Nadie te da un certificado de que lo has depositado allí, ni creo que estén autorizados para dártelo. En otros puertos el depósito de aceite está con libre acceso. Aquí si que lo del certificado está de más. Lo siento Niko, pero hay algo en lo que dices que no me acaba de encajar.
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#5
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En otras embarcaciones tampoco a mí me consta ni se me ha exigido documentación adicional en este sentido, bueno, más propiamente dicho "el sentido común" ya me dice lo que he de hacer con el aceite...lo mismo que hago cuando cambio una batería, directa al punto de recogida de mi puerto. Nunca me han pedido certificado alguno más que los que forman parte de la documentación habitual.
Cita:
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#6
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La verdad, yo tampoco quiero polemizar al respecto, solo lo puse como advertencia. Un poco mas abajo pongo un enlace para que lo leais.
Tengo una pequeña tienda de artículos de pesca y varios clientes han sido denunciados y tubieron que pagar la multa. Uno incluso vendió la embarcación porque ya estaba arto de tantos papeleos, leyes y gaitas. http://www.apy.es/legislacion/LEGISL...tiva200059.pdf Esto que habéis leido es a lo que se cogen para denunciar, os aseguro que en Denia, principalmente con las embarcaciones de recreo y los pescadores aficionados, la aplican a rajatabla. Y REPITO, "NO QUIERO POLEMIZAR" "PARA MI EL TEMA, YA ESTA CERRADO" Un saludo y muchas ![]() ![]() |
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#7
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Esto es una Directiva comunitaria que no es norma de directa aplicación en los Estados miembros salvo en casos muy especiales. La directiva no establece sanciones, sino que establece que los Estados miembros dispondrán un régimen de sanciones.
Se podría seguir analizando pero después de lo anterior, no merece la pena. No me creo que nadie en su sano juicio inicie un expediente sancionador basándose en esta norma. Pero si así fuera, el más zote de los abogados (bueno, el más zote quizás no, pero el segundo más zote) y muchisimos estudiantes de derecho serían capaz de preparar unas alegaciones que supondrían el archivo inmediato del expediente. Lo siento, no me lo creo. Y si sigo pensando en el tema sospecho de que pudiera haber interés en evitar que ciertos trabajos los hagan los propios armadores, atendiendo a como está el patio y a la cantidad de consultas que hay en el foro últimamente en las que se nota perfectamente como personas que tienen el barco desde hace tiempo preguntan por tareas de mantenimiento elementales que seguro que antes no hacían ellos mismos. Y este comentario no va por Amurablanca, no liemos las cosas sin necesidad.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Nonick | ||
Tristan Primero (23-07-2012) | ||
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#8
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Permitirme algún comentario, amigo Nonick, nos guste o no una directiva comunitaria es una disposición normativa de Derecho comunitario que vincula a los Estados de la Unión, nos guste o no somos EURO-PEOS...
De todas formas, leyéndola, sólo esta referida al tratamiento de residuos, y de hecho en el apartado de notificación (artículo 6) excluye a nuestro queridos barquitos... Nico53, No es polemizar hombre, pero aquí se puede aprender algo cada día y si has visto algo en algún sitio sobre la obligatoriedad de cambio de aceites, y no hablo de garantías o mantenimientos lógicos sino a temas normativos y lo encuentras te lo agradeceremos todos. ![]() ![]()
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---------------------------------------------------- "El romper de una ola no puede explicar todo el mar." Vladimir Nabokov
There is a big difference between living and being alive. |
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#9
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Pues mira como son las cosas, le tengo que dar la razón a Nonick
y esto a un sagitario y argentino le duele y mucho .Parece ser que las denuncias que ponen, primero van a Alicante y después a Madrid y no te salva nadie. Pero.......... y esto es lo que duele, en Oliva, un puerto a unos 15 Km. al norte y en Calpe unos 25 Km. al sur, parece ser que esta ley, decreto o normativa o la puñeta que sea, no existe o no la aplican, vaya uno a saber por que motivo o causa. ¿Será por intereses torticeros? ![]() ![]() Esto viene ocurriendo desde hace unos tres o cuatro años. Esto me lo comentaba esta tarde un cliente y amigo, ya que a un conocido suyo, le pusieron la multa y para poder recurrir, tubo que ir al mecánico que le pasó la revisión a que le firmase la factura y después la pasase, para que la cuñasen, en la comandancia de Denia. ![]() Mira si está rara la situación, que mi amigo, siendo mecánico de coches que trabaja en una empresa, en el mantenimiento de los vehículos y la maquinaria, pudiendo hacerlo él, lleva la barca a una náutica a que le cambien el aceite y los filtros y todo por la maldita factura y posterior cuño. El resto de reparaciones se las hace él, pero esa no. ![]() Che, salud y muchas ![]() |
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#10
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Cita:
No son normas de aplicación directa, salvo en casos muy concretos, si no recuerdo mal, que establezcan derechos para los ciudadanos y el Estado en cuestión no la incorpore a su ordenamiento en el plazo establecido y tras las advertencias y sanciones que corresponden por parte de la Unión Europea. También se pueden usar como medio de impugnación de la norma nacional si no traspone la Directiva correctamente. Los Reglamentos comunitarios si son normas emanadas de la Unión Europea de aplicación directa en los Estados miembros sin necesidad de trasposición. Y por ello, y por el contenido de la Directiva en cuestión, me ratifico en todo lo dicho.
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