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Originalmente publicado por HALON Ver mensaje
Además de lo que te dicen los cofrades:

Entérate de si la actividad que realiza tu vecino (prácticas) puede efectuarlas en el club nautico según sus estatutos y aprieta al club de lo contrario. Normalmente las actividades comerciales dentro del club las debe autorizar la Junta mediante acuerdo expreso contra una prestación económica (en la mayoría de los estatutos).

Si el club las autoriza las prácticas, puede resultar corresponsable si el acuerdo de autorización no lo excluye expresamente.

Si el club las conoce y tolera sin autorización expresa de la Junta, puede resultar corresponsable.
Gracias por la informacion.
En el Club ya revise los estatutos y no contempla dicha situacion.
Habra que dejarlo en manos de los abogados.
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