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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
El mantener la bandera depende de que el país al que pertenezca te lo permita, por lo general se requiere ser residente o nacional del país de que se trate. Si no lo utilizan residentes, no pagas, da igual la eslora. Si utiliza el barco en España algún residente (o asimilado) tendrás que pagar el impuesto de matriculación en los 30 días ya que hablas de 12 metros, los que no pagan son los de menos de 8 metros. Saludos. |
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#2
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Buenas.
Yo tengo unas dudillas que quizás este es el post mas adecuado para resolverlas. He comprado una lanchita de 4.5 metros supuestamente del año 1999( digo supuestamente porque por mas que busco la placa de CE no la encuentro) El pabellón es ingles. La única documentacion que tengo es la factura de la compra. Con eso puedo registraría en España? Supongo que todo dependerá del narcado CE, pero necesitaría mas documentacion? Donde pueden darme el documento en que se refleja que estoy exento del pago del impuesto de matriculacion por ser menor de 6 netros? En caso de no tener marcado CE entiendo que lo mejor es matricularlo en Holanda. Como seria el tramite para hacerlo? Por donde debería empezar? |
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#3
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Cita:
) el barco vuelve a españa para quedarse y que lo pueda utilizar un residente, habra que volver a pagar el impuesto o es valido el pago original ?Otra ronda ![]() |
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#4
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No habria que volver a pagar.
Saludos. |
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