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  #1  
Antiguo 28-11-2012, 15:56
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Remolque, rampa y traccion trasera

Situaciones a evitar:



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  #2  
Antiguo 29-11-2012, 11:43
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Predeterminado Re: Remolque, rampa y traccion trasera

Os agradezco mucho a todos vuestra opinión....veo que no es tan importante lo de la traccion trasera, sino hacer el procedimiento con cuidado y bien...

Ya os contaré

Con respecto a lo del MMA y el carnet B, perfecto, yo creo que me cuadra.

Muchas garcias, compañeros!!
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  #3  
Antiguo 06-12-2012, 23:57
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Predeterminado Re: Remolque, rampa y traccion trasera

¿Pero como se arreglan para tirar tantos coches al mar?
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  #4  
Antiguo 07-12-2012, 02:44
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Predeterminado Re: Remolque, rampa y traccion trasera

La tracción da igual que sea trasera que delantera.

Los coches tienen marcha atrás -con una relación cortísima, ideal para subir paredes...-, y ganchos de remolque para la grua delante y detrás, donde se puede hacer firme un cabo (vuelta de rezón pasada por seno, para que no azoque...)

Si con un coche de propulsion te patina el culete al subir una rampa, prueba a subirla marcha atrás, subiras sin problema... cuando no había controles de tracción en sitios de nieve había que salir del garaje marcha atrás con BMW, MB, etc... pero esto en un propulsion no va a pasar, pues carga una burrada de peso el remolque sobre el eje trasero. Pero en un delantera si... si es pequeño, marcha atrás sacas del agua lo que quieras. Lo vi hacer con un Marbella y un FC8.

Por cierto, el 80% de los compradores de Serie 1 se piensan que tienen un tracción delantera
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Editado por Questionsailing en 07-12-2012 a las 02:48.
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  #5  
Antiguo 07-12-2012, 02:57
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Predeterminado Re: Remolque, rampa y traccion tras

Buenas noches.

La DGT, aclara un poco, en este enlace, los tipos de remolques que se pueden llevar con el permiso B.

http://www.dgt.es/portal/ca/oficina_...Introducci%F3n

Creo que no añado nada a lo dicho hasta ahora. Simplemente se confirma.

Saludos.
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  #6  
Antiguo 07-12-2012, 09:41
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Predeterminado Re: Remolque, rampa y traccion tras

Cita:
Originalmente publicado por priesto Ver mensaje
Buenas noches.

La DGT, aclara un poco, en este enlace, los tipos de remolques que se pueden llevar con el permiso B.

http://www.dgt.es/portal/ca/oficina_...Introducci%F3n

Creo que no añado nada a lo dicho hasta ahora. Simplemente se confirma.

Saludos.
Si el conjunto supera los 3500Kg y es inferior a 4250 Kg, puedes remolcarlo con carnet BB pero tines de que hacer una prueba adicional:

"Las pruebas a realizar para la obtención de la autorización que faculta con el permiso de clase B el ejercicio de la conducción de conjuntos de vehículos (con remolque + 750 kg)con una MMA que excede de 3500 kg y hasta 4250 kg serán las siguientes:

Maniobra I: Estacionamiento en línea.
Maniobra M: Acoplamiento y desacoplamiento del remolque.

Tras la superación de la prueba de aptitudes y comportamientos realizada en circuito cerrado, se procederá a la anotación en la autorización administrativa para conducir del interesado del Código Comunitario Armonizado 96, permaneciendo habilitado para la conducción de los conjuntos de vehículos descritos con anterioridad, sin necesidad de encontrarse en posesión del permiso de conducción de la clase B+E"


http://traficoyseguridadvial.blogspo...a-4250-kg.html
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Editado por RMR2ENG en 07-12-2012 a las 09:48.
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  #7  
Antiguo 07-12-2012, 09:56
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Predeterminado Re: Remolque, rampa y traccion tras

Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG Ver mensaje
Si el conjunto supera los 3500Kg y es inferior a 4250 Kg, puedes remolcarlo con carnet BB pero tines de que hacer una prueba adicional:

"Las pruebas a realizar para la obtención de la autorización que faculta con el permiso de clase B el ejercicio de la conducción de conjuntos de vehículos (con remolque + 750 kg)con una MMA que excede de 3500 kg y hasta 4250 kg serán las siguientes:

Maniobra I: Estacionamiento en línea.
Maniobra M: Acoplamiento y desacoplamiento del remolque.

Tras la superación de la prueba de aptitudes y comportamientos realizada en circuito cerrado, se procederá a la anotación en la autorización administrativa para conducir del interesado del Código Comunitario Armonizado 96, permaneciendo habilitado para la conducción de los conjuntos de vehículos descritos con anterioridad, sin necesidad de encontrarse en posesión del permiso de conducción de la clase B+E"


http://traficoyseguridadvial.blogspo...a-4250-kg.html
Venia adecir esto para que dejen un conjunto de 4250kg hay que pasar unas pruebas aunque parezca en muchos sitios que no

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