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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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de buen rollo hasta que punto es "legal" modificar la potencia declarada en la documentación, seguro etc etc esto es España y nunca pasa nada, pero es legal? alegal? ilegal?
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#2
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Cita:
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#3
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Tanto diferencia hay entre 4 y 6 ??
Basta ya de tonterias y ponte uno como este (que por cierto, tambien pone que es de 6 ) : |
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#4
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Refloto el tema por que estoy en la misma tesitura que LSV.
¿Has conseguido aumentar la potencia?
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“Todos los animales son iguales, pero algunos son más iguales que otros.” |
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#5
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Yo tengo uno de 5 y lo pasaria tambien a 6, sigo el hilo a ver, salduos
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#6
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Hola Kailoa
a ver si algún experto nos ilumina el camino del tunning ![]()
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“Todos los animales son iguales, pero algunos son más iguales que otros.” |
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#7
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Otro pensando en lo mismo.....
![]() ![]() En mi caso compré un Tohatsu 2.5. El mismo que el 3.5, cambia carburador y CDI (+500 rpm). Muevo una auxiliar de 2,65 con suelo inflable y le iria de perlas ese caballito extra (de hecho ya va bien). También creo que ante la compra de un motor nuevo y si la diferencia es de 200 y pico euros, hay que irse al caballo grande de inicio, el ahorro del retrofit va a ser mínimo (las piezas compradas como recambio deben de ir unas 5 veces por encima de las OEM). Otra cosa es cuando ya se tiene el motor.
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...cada uno tiene sus cadaunadas...
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