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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Muchas gracias por vuestra aportaciones.
No sabia nada de esta "intruccion interna", claro que no tengo siquiera obligacion de saberla. Lo que si que tengo claro es que es una "instruccion" de como proceder de la Direccion Generala las Capitanias. Y sea justo o no, que no lo es, esa va a ser la forma de proceder de los "intructores" de estos procedimientos sancionadores. Osea, que a ver quien es el guapo que le lleva la corriente al funcionario que no le cuesta tiempo ni dinero, seguir el criterio que de la misma Direccion General le señala. Y no quiero ni pensar en tasas de recursos, abogado y procurador. Y no es justo, claro que no, que lastima no tener el mismo tiempo y dinero que ellos para luchar contra estas cosas. Me ha mandado el "gestor" una propuesta de recurso. No se moja mucho, pero al menos me ha mandado algo para que yo lo defienda¡¡¡ En este recurso, sigue defendiendo la igualdad de las embarcaciones lista 7 y 6 sin tripulacion y (resumiendo) la expedicion para listas 7 de permiso de navegacion....y que como se consideran iguales....que ya tienen permiso para navegar..... etc. etc. Y termina diciendo " Que por lo tanto si para las embarcaciones de 7ª lista con permiso de navegacion no se le aplica el articulo 22 del Reglamento sobre despacho de buques, en las embarcaciones de sexta lista con permiso de navegacion tampoco es aplicable, ya que el real decreto 1435/2010 no se hace ningun tipo de distincion entre la embarcacion de 6º y 7ª lista, siendo tratadas desde el punto de vista legal, identicamente en dicho Real decreto" Esta bien redactado, yo lo entiendo... Pero el la propuesta de resolucion que me mandaron de Capitania, punto tercero decia muy clarito: " Aun cuando dicha embarcacion tiene expedido el reglamentario Permiso de Navegacion de acuerdo al RD 1435/2010, dicho documento no exime de la obligacion del despacho a las embarcaciones de sexta lista que se alquilen sin tripulacion, ya que en ningun momento esta norma deroga lo establecido en el...." O sea, que la interpretacion de uno es diferente al del otro.. A que no tenemos duda de quien es la ultima palabra. Asi que tengo esta semana para decidir si presentar recurso en base de lo que me aconseja el "gestor" , luchando frontalmente con la misma idea, o cambiar la tactica y hacerme la victima (lo soy, maldicion) de una mal asesoramiento. Que en ningun momento fue ni es mi intencion ahorrarme papeleo, documentos, tiempo de gestion, como se demuestra con todo el tramite que se ha hecho, desde importacion y pago de aduanas, impuestos, tasas, etc., Proyecto y visados, Certificaciones . Pagando la gestion de un "profesional" para que se no quedara ningun paso atras y al fin, despues de 6 meses de gestiones, tener la documentacion necesaria para trabajar en este sector, como autonomo, luchando contra mil adversidades. Pero luchando con todos los papeles en regla, esa es mi intencion y lo ha sido siempre..... ( joder me estaba inspirando¡¡¡) Asi que a decidirlo con tranquilidad..... |
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#2
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Hola pescaenbarco:
Si no te acaba de convencer tu gestor y te queda una semana, puedes consultar por otro lado. Como hablas en tu primer post de propuesta de resolución, entiendo que el procedimiento está en fase de alegaciones y no de recurso, de modo que yo metería todos los posibles motivos que puedan justificar el no haber despachado el barco, los que te indica tu gestor y todos los que se te ocurran a ti. Además haría hincapié en la nueva regulación de libre acceso a las actividades de servicios, porque lógicamente el personal de Capitanía se va a guiar por las normas que le imponen sus superiores, pero luego habrá posibilidad de recurrir o llegar al contencioso. Aunque la Orden de 18 de enero facultaba a la Directora General a dictar los actos de ejecución necesarios para la aplicación de la orden, no la facultaba para inventarse una norma nueva y distinta. Ten en cuenta que aquella Directora General era PSOE y el de ahora es PP. Otra cuestión es la caducidad del expediente, aunque no tengo ahora posibilidad de mirar mucho, creo que han pasado bastantes meses desde que se inició, todo lo que lo puedas alargar te puede favorecer. Creo recordar que estos expedientes tenían que esta resueltos en ocho meses y mucho no le debe quedar. Hay que jugar todas las cartas, que 1000 lereles cuesta ganarlos. En cualquier caso que haya mucha suerte, que siempre hace falta. |
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#3
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Bueno, ya esta. Presentado esta mañana el documento de alegaciones ante Capitania de Malaga.
Al final, y dando un repaso (resumiendo) de toda la retahila de documentos, autorizaciones, certificados, tasas, etc, etc., amen de los mas de 10 mil euros entre impuestos, ivas, proyectos, etc., como no iba a rematar este tramite con un documento mas, el despacho, que ademas de gratuito no tiene difucltad minima, si no hubiese sido por la dificultad que entraña deducir si hace falta o no. Ibcluso los profesionales del sector tienen serias dudas. Y les pido el archivo por la falta de claridad y contradiciones. Bueno, tambien les pido minimizar la cantidad en el que caso que sea imposible cerrar este tema, que la situacion es casi insostenible¡¡¡¡ Asi que a partir de ahora, aunque ya no tengamos bueyes y asnos, espero que esos reyes magos, ya paisanos, nos traigan un poco de sensibilidad... Feliz fin de año a todos. Si alguien quiere el escrito, se lo mando por privado, aunque espero que no le haga falta a nadie.... Saludos |
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