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  #1  
Antiguo 04-01-2013, 12:13
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Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

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Originalmente publicado por elradioplanner Ver mensaje
Calla calla que son capaces de cobrarte el IBI también...
De eso se trata, de no pagar IBI, basura, etc......lo vendo todo y me voy a vivir al barco. Total dicen que a la vejez necesitas menos espacio.
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YO NO SOY FUNDADOR PERO ORGULLOSO DE SER SOCIO

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  #2  
Antiguo 04-12-2021, 12:00
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Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

QUOTE=josera;1424947]De eso se trata, de no pagar IBI, basura, etc......lo vendo todo y me voy a vivir al barco. Total dicen que a la vejez necesitas menos espacio.[/quote]

Me permito recuperar este tema (algo antiguo, pero revitalizado por el caso del Puerto de Gijón) y que me interesa especialmente.

Mi caso es "casi" el mismo, aunque más difícil todavía, porque mi proyecto (y lo haré sea como sea) es vivir navegando, sin puerto fijo ni siquiera a nivel continental. Así es como quiero vivir y creo que nadie me lo podrá prohibir cumpliendo toda la normativa (inmigración, visados, etc.) que sea necesario.

Sin embargo la Ley está diseñada para estar "amarrado" en tierra firme, dentro de los límites territoriales, fiscales, sanitarios, etc. de una determinada Adminitración. El IRPF tiene un componente comunitario y no tiene una casilla que ponga "Sin Comunidad Autónoma". La Seguridad Social igual.

Ahora viene la cuestión: Si tengo derecho a vivir así, ¿Por qué tiene que ser imposible hacerlo legalmente?.

Una ronda para tod@s y Buena Proa
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  #3  
Antiguo 04-12-2021, 13:53
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Predeterminado Respuesta: Re: Empadronamiento en barco como residencia

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Originalmente publicado por Itocan Ver mensaje
Me permito recuperar este tema (algo antiguo, pero revitalizado por el caso del Puerto de Gijón) y que me interesa especialmente.

Mi caso es "casi" el mismo, aunque más difícil todavía, porque mi proyecto (y lo haré sea como sea) es vivir navegando, sin puerto fijo ni siquiera a nivel continental. Así es como quiero vivir y creo que nadie me lo podrá prohibir cumpliendo toda la normativa (inmigración, visados, etc.) que sea necesario.

Sin embargo la Ley está diseñada para estar "amarrado" en tierra firme, dentro de los límites territoriales, fiscales, sanitarios, etc. de una determinada Adminitración. El IRPF tiene un componente comunitario y no tiene una casilla que ponga "Sin Comunidad Autónoma". La Seguridad Social igual.

Ahora viene la cuestión: Si tengo derecho a vivir así, ¿Por qué tiene que ser imposible hacerlo legalmente?.

Una ronda para tod@s y Buena Proa
Muy buenas Itocan, yo no soy ni abogado, ni asesor fiscal, pero creo que el IRPF se paga en donde estés residiendo mas de 6 meses y 1 día, asi que si estás navegando ¿donde te oblugaría la ley a hacer la declaración?

Saludos
Rafa
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  #4  
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Predeterminado Re: Respuesta: Re: Empadronamiento en barco como residencia

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Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Muy buenas Itocan, yo no soy ni abogado, ni asesor fiscal, pero creo que el IRPF se paga en donde estés residiendo mas de 6 meses y 1 día, asi que si estás navegando ¿donde te oblugaría la ley a hacer la declaración?

Saludos
Rafa
Exacto!!!, Pues esa es sólo una de las múltiples dudas que tengo. Gracias.
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  #5  
Antiguo 04-12-2021, 17:23
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Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

Yo tampoco soy jurista, pero si se que la tributación se hace donde tengas el domicilio fiscal que no tiene que ser el lugar de empadronamiento, ni de residencia.
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  #6  
Antiguo 05-12-2021, 11:55
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Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

Hola, otra vez.

Sobre el IRPF existe una modalidad para No Residentes (IRNR). Sin embargo se exige certificar una residencia fija en un país, diferenciando si es del Espacio Europeo o no, con lo cual vuelvo a tener el problema inicial: no poder consignar mi barco.

Una curiosidad es que el pabellón del barco implica que el mismo se considera territorio nacional, sujeto a su jurisdicción. Quizá la solución "más legal" (desconozco el tema) es crear algún tipo de "sociedad" con domicilio en un apartado postal. Aunque igual eso es una auténtica tontería, por eso pregunto 🤔.

Felices fiestas a tod@s, una ronda general de buen grog y buena proa.
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  #7  
Antiguo 05-12-2021, 12:03
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Predeterminado Respuesta: Re: Empadronamiento en barco como residencia

Muy buenas Itocan, con lo de la sociedad me has liado del todo. Porque no nos cuentas lo que quieres hacer y asi, seguro, alguien te puede ayudar.

Saludos
Rafa
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  #8  
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Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

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... vuelvo a tener el problema inicial: no poder consignar mi barco.
Discupal mi ignorancia: ¿que es consignar un barco?.


Salud y
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  #9  
Antiguo 05-12-2021, 13:22
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Predeterminado Re: Empadronamiento en barco como residencia

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.... mi proyecto es vivir navegando, sin puerto fijo ni siquiera a nivel continental.

Sin embargo la Ley está diseñada para estar "amarrado" en tierra firme, dentro de los límites territoriales, fiscales, sanitarios, etc. de una determinada Adminitración. El IRPF tiene un componente comunitario y no tiene una casilla que ponga "Sin Comunidad Autónoma". La Seguridad Social igual.

Ahora viene la cuestión: Si tengo derecho a vivir así, ¿Por qué tiene que ser imposible hacerlo legalmente?.
Si tienes la obligación de hacer la declaración del IRPF, se entiende que tienes
unos ingresos determinados. En ese caso, como apuntaba Moryak, tienes
un domicilio fiscal, que no tiene porqué coincidir con donde vivas.

Vivir puedes vivir legalmente navegando, todo el tiempo que quieras. Nadie
te va a poner la más mínima objeción. Como si no quieres tocas puerto en
años.

Yo he estado un par de años en ese plan por el Caribe. Las limitaciones las
ponen los países que visites, que normalmente solo te dejan estar tres meses
como "turista". Si navegaras por el Mediterráneo, ni eso, pues en la zona
Schengen, se entiende que es igual que por España.

Te puedes ir a navegar, pero las obligaciones, sobre todo las fiscales, se
quedan en tierra.


Salud y
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