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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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La legislación española especifica que un barco de guerra puede abordarte cuando lo considere necesario independientemente de las aguas por las estéis navegando ambos.
Se nota que nuestra legislación marítima proviene de "La Invencible" .Entiendo que un barco de policia, aduanas, ... sólo te abordará si tiene indicios suficientes de algún delito. Otra cosa es que te pidan documentación que ocurre bastante a menudo. En otros países la cosa cambia, pues al tratarse de un barco extranjero tienes algunos derechos pero evidentemente las autoridades locales estarán interesadas en saber de que va el cuento. Es habitual en muchos países un registro a la entrada e incluso otro a la salida. Probablemente en algunos te pidan seguro en regla y en otros no. ![]() |
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#2
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El mayor problema que tendrás será en los puertos ... básicamente porque cuando te pidan el seguro, que te lo pedirán, y no lo tengas puede ocurrir:
A) Que te echen a patadas. B) Que te inmovilicen el barco. Eso sin contar la multa o multas que te pueden caer tanto por parte del país de bandera como del país ribereño en el que te encuentres. ![]() ![]() salud!!! |
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#3
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Vamos a partir de la primicia que llegas , catapulta mediante , directamente en aguas internacional , si tienes un Percanse con otro barco , el que mas corre pa' el ? , sin hablar de que te pase algo ( dios no lo quiera ) y necesitas la Intervancion de salvamento ....o te quedas a vivir el la balsa salvavidas hasta que la corriente te lleve a una costa ??
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