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  #1  
Antiguo 09-02-2013, 18:50
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Tupac A. Tupac A. esta desconectado
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

Te contesto mi opinion en rojo:

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Originalmente publicado por Javitxu Ver mensaje
Entonces para asegurar el tiro 100%:

1 El vendedor saca el barco de aguas españolas, si lo lleva navegando a Francia/Portugal/Marruecos cómo acredita la exportación? Busca un agente de aduanas en España que le expida un T2L? No le ponen ninguna pega en función de si el país de destino es comunitario o no? Es cierto que sólo están obligados si lo sacas de la UE? No hace falta un agente de aduanas ni un T2L (que no se que es). Cualquier prueba de las admitidas en Derecho sirve para demostrar que el barco estuvo fuera: documentos de entrada en un puerto, pago de amarre, fotos, testigos, etc. La exencion es para barcos que se importen con bandera europea (incluso seria discutible que sea tambien otras banderas de fuera de la UE). La importacion, sin ninguna duda, puede proceder de la UE o de fuera.

2 El comprador firma el contrato de compraventa y se lo trae a España de vuelta. Más dudas: tiene que pasar un tiempo mínimo en el extranjero? Le pone pegas el agente de aduanas en el país en cuestión para expedirle un T2L en función de si el pais de destino es comunitario o no? Insisto. No hace falta un T2LL ni un agente de aduanas. El comprador compra el barco, declara el impuesto de matriculacion. No recuerdo si tambien el ITP. Y ya esta. No hay un tiempo minimo. Pero no se trata de cumplir un tramite. Uno exporta un barco, con intencion de exportarlo. Y al cabo de un tiempo lo vende (todo el mundo es libre de cambiar de opinion) y el comprador lo importa. No hay plazos establecidos, pero si todo sucede en dos semanas es una "cantada" que es un fraude de ley (es decir, un montaje).

Puede darse el caso de que no podamos asegurar el tiro 100% con la legislación española porque nos topemos con las directivas comunitarias? Al contrario. La normativa comunitaria es, precisamente, la que ha obligado al Estado español a abrir la legislacion. Otra cosa son los requisitos que ponga cada pais para dar y permitir mantener la bandera. Eso tienes que verlo con el pais de la bandera.

Puede ser por eso por lo que se hace la vista gorda en España con los cambios de bandera que no acreditan la exportación? Sinceramente. No se porque se hace la vista gorda. Si es por ignorancia; si porque si un residente puede ir con bandera europea por unos motivos, ya puestos, ¿para que fastidiar a los que no reunen esos requisitos?; para no romper el mercado (porque los barcos con bandera española serian invendibles); porque las autoridades españolas, puestos a ser cerradas son las mas cerradas del mundo, pero si les da por ponerse liberales, no hay quien las gane; etc. etc. Sinceramente, no lo se.

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Javitxu (09-02-2013)
  #2  
Antiguo 10-02-2013, 18:11
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

Otra cuestion, ya tenenos el barco con bandera belga, tendremos que abanderar tambien la auxiliar si lleva matricula española, como esta el tema ??????
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  #3  
Antiguo 10-02-2013, 18:20
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

En mi caso como la auxiliar esta matriculada en España y no tiene que pasar revisiones ni nada de nada la voy a dejar como esta.

Salud.
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  #4  
Antiguo 12-02-2013, 01:07
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

Estimados cofrades... qu´e decir, qu´e añadir...¡¡¡¡¡¡¡
Ha sido un hilo impresionante, lleno de sabidur´ia, rigor y elegancia.... Gracias a todos los part´icipes, Verti, Kibo, Tupac... y todos esos valientes.
Gracias. Mil birras para todos...
Y enhorabuena por haber roto el cors´e y abrirnos las puertas a todos los demas....
Me lo he leido del tir´on¡¡¡¡¡ Varias horas.... 30 p´aginas...... Todo sabidur´ia.....
Parece que hay una puerta abierta y hay que meter a cabeza en ella.
Voy a evitar pol´micas in´uties.... como dec´ia un sabio; acude a las fuentes... no a los charcos....Me voy a permitir hacer una breve consulta, sin abusar de vuestros conocimientos, por si pudierais darme algo de ayuda.
Estoy en tratos para adquirir una semirr´igida italiana, BWA, con marcado CE y modelo existente y homologado en España, que est´a en Italia legalmente habilitada para 12 millas. La embarcacion es de 8,50 metros, claramente sujeta a impuesto de matriculación en España del 12 por ciento. Es del 2005, de un propietario particular, de recreo.
Estoy gestionando su importacion, pagando en España 4 por ciento TPYAJD y luego impuesto de matriculacion del 12. Para ello y siguiendo las valiosas indicaciones de un cofrade experto en estas lides -gracias RMR- estoy gestionando copia de factura original de compra con indicacion num serie motor y casco, detalle de IVA pagado, manual usuario, certificado CE, contrato de compraventa actual en ambos idiomas, exento de impuesto para exportacion, y certificado de baja en Italia.... para importar, pagar impuestos y matricular en España, en principio en 12 millas.
Luego pensaba irla pasando a 25-60 millas -homologada B,C - segun fuera comprando esas "cosllas" que van haciendo falta.....pero ahora, tras la lectura de este pedazo de dossier.... me planteo 2 alternativas
1.- mantener pabellon Italiano, sujeto a sus normas de navegacion y seguridad, pagando los impuestos y procesos necesarios......siempre y cuando Italia consienta, como habeis aclarado de Blegica, mantener pabellon Italiano por un no residente fuera de sus aguas.... ¿Sabeis si es posible? de serlo... ¿compensa en zona 4 la normativa Italiana respecto a la Española? con que fuera algo menos restrictiva que la Española, y todo legal..... estoy dispuesto.... y harto de la Española....
2.- lo mismo pero en caso de que no consienta Italia pabellon de no residentes, bien dar de baja pabell´on Italiano y solicitar el Belga -supongo que lo conveniente seria que lo hiciera el actual propietario y me la vendiera ya cambiada- ...... o podria importarla a España con baja Italia y aqui solictar pabellon belga...?

Parece claro que este caso, de origen real Italia de segunda mano esta plenamente ajustado a legislacion -gracias por el rgor Tupac, se agradece... y algo queda...- pero me falltaria saber si pabellon Italiano consiente no residentes y si ademas su normativa compensa repecto a la española, y si no, pues solicitar la belga bien pasando por españa sin matricular o me la tendria que tramitar el propietario actual... algo mas dificil....

Respecto a titulacion, etc... no problem...soy PY y en fase de CY -cruzo los dedos- y lo del titulo de operador basico de radio lo pongo en marcha....

Agradeceria mucho si pudierais orientarme porque no veo en el foro a Italia como "objeto de deso" de ningun cofrade... y estoy en el momento justo para tomar nuevas decisiones...

Lo dicho; gracias y enhorabuena por "abrir brecha" en un tema tan vital para algunos de nosotros.
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Marcos Montesier (12-02-2013)
  #5  
Antiguo 12-02-2013, 05:31
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

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Originalmente publicado por mtrigo Ver mensaje
Estimados cofrades... qu´e decir, qu´e añadir...¡¡¡¡¡¡¡
Ha sido un hilo impresionante, lleno de sabidur´ia, rigor y elegancia.... Gracias a todos los part´icipes, Verti, Kibo, Tupac... y todos esos valientes.
Gracias. Mil birras para todos...
Y enhorabuena por haber roto el cors´e y abrirnos las puertas a todos los demas....
Me lo he leido del tir´on¡¡¡¡¡ Varias horas.... 30 p´aginas...... Todo sabidur´ia.....
Parece que hay una puerta abierta y hay que meter a cabeza en ella.
Voy a evitar pol´micas in´uties.... como dec´ia un sabio; acude a las fuentes... no a los charcos....Me voy a permitir hacer una breve consulta, sin abusar de vuestros conocimientos, por si pudierais darme algo de ayuda.
Estoy en tratos para adquirir una semirr´igida italiana, BWA, con marcado CE y modelo existente y homologado en España, que est´a en Italia legalmente habilitada para 12 millas. La embarcacion es de 8,50 metros, claramente sujeta a impuesto de matriculación en España del 12 por ciento. Es del 2005, de un propietario particular, de recreo.
Estoy gestionando su importacion, pagando en España 4 por ciento TPYAJD y luego impuesto de matriculacion del 12. Para ello y siguiendo las valiosas indicaciones de un cofrade experto en estas lides -gracias RMR- estoy gestionando copia de factura original de compra con indicacion num serie motor y casco, detalle de IVA pagado, manual usuario, certificado CE, contrato de compraventa actual en ambos idiomas, exento de impuesto para exportacion, y certificado de baja en Italia.... para importar, pagar impuestos y matricular en España, en principio en 12 millas.
Luego pensaba irla pasando a 25-60 millas -homologada B,C - segun fuera comprando esas "cosllas" que van haciendo falta.....pero ahora, tras la lectura de este pedazo de dossier.... me planteo 2 alternativas
1.- mantener pabellon Italiano, sujeto a sus normas de navegacion y seguridad, pagando los impuestos y procesos necesarios......siempre y cuando Italia consienta, como habeis aclarado de Blegica, mantener pabellon Italiano por un no residente fuera de sus aguas.... ¿Sabeis si es posible? de serlo... ¿compensa en zona 4 la normativa Italiana respecto a la Española? con que fuera algo menos restrictiva que la Española, y todo legal..... estoy dispuesto.... y harto de la Española....
2.- lo mismo pero en caso de que no consienta Italia pabellon de no residentes, bien dar de baja pabell´on Italiano y solicitar el Belga -supongo que lo conveniente seria que lo hiciera el actual propietario y me la vendiera ya cambiada- ...... o podria importarla a España con baja Italia y aqui solictar pabellon belga...?

Parece claro que este caso, de origen real Italia de segunda mano esta plenamente ajustado a legislacion -gracias por el rgor Tupac, se agradece... y algo queda...- pero me falltaria saber si pabellon Italiano consiente no residentes y si ademas su normativa compensa repecto a la española, y si no, pues solicitar la belga bien pasando por españa sin matricular o me la tendria que tramitar el propietario actual... algo mas dificil....

Respecto a titulacion, etc... no problem...soy PY y en fase de CY -cruzo los dedos- y lo del titulo de operador basico de radio lo pongo en marcha....

Agradeceria mucho si pudierais orientarme porque no veo en el foro a Italia como "objeto de deso" de ningun cofrade... y estoy en el momento justo para tomar nuevas decisiones...

Lo dicho; gracias y enhorabuena por "abrir brecha" en un tema tan vital para algunos de nosotros.
Gracias por los comentarios.
En cuanto al planteamiento que tienes, es impecable. El plan debe ser tal cual lo expones.
Pero en lo de si el registro italiano permite mantener la bandera no puedo ayudarte porque no lo se. Por mi situacion, yo, de momento, he optado por Holanda (pasando una temporada alli y obtener el MMSI) o por UK, todavia no lo he decidido. Si Italia permite mantener la bandera seria una buena opcion. Cuando lo averigües estara bien que lo comuniques aqui. Tambien se habla de Malta, y seguro que hay otras tambien convenientes.
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  #6  
Antiguo 12-02-2013, 07:09
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

Entiendo que si mantienes el pabellón italiano debes estar habilitado como Patrón según las normas de Italia...

En Italia mucha gente abandera en Holanda y Bélgica.
__________________
.




Si navegas con niños o tienes un Ro 300 o un Fortuna 9, la web de mi barco te puede gustar.
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  #7  
Antiguo 12-02-2013, 10:05
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

windi, Tupac, gracias. Voy a hacer una investigación, pero sospecho que no debe ser muy ventajoso el pabellón italiano, porque como indica Windi, al parecer mucho italiano está pasando a pabellón Belga......Lo de Malta.... habrá que mirarlo.....
Por cierto, Tupac, quiero entender que haciendo una importación legal de segunda mano italiana, pasando por caja (impuestos, etc...) aún tengo 6 meses para navegar bajo pabellón Italiano (original) hasta obligación de matricular.... Si así fuera parece una razonable opción no dar de baja pabellon Italiano, dentro de esos 6 meses, mas que nada para disponer de una embarcación legalizada en ese periodo -estival- aunque sujeto a norma de origen del pabellón, y en el momento adecuado, ya como nuevo propietario legal, dar de baja el pabellón Italia y soilictar nuevo pabellón.... sin pasar por matricular en España.....
Voy bien?
Insisto. Gracias. Según avance en opciones iré documentando....
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