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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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En primer lugar, si ya hay un JOD 35 abanderado en España, podrás ahorrarte el proyecto, en segundo lugar, puedes dejarlo con bandera francesa.
![]() ![]() salud!!! |
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#2
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Tengo entendido que MM homologa la unidad no la serie, es decir, JOD by JOD...
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#3
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Cita:
Respecto de las embarcaciones que acrediten haber sido comercializadas en la Unión Europea antes del 16 de junio de 1998, la presentación de un proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, en el que a juicio de la Administración marítima se demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, y, en la medida de lo posible, con las normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado del anexo VIII. Asimismo, habrán de superar con resultado favorable el reconocimiento inicial realizado por la Administración marítima de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.A del Real Decreto 1434/1999. Las embarcaciones previamente registradas en otro Estado miembro de la Unión Europea que tengan menos de 25 años de antigüedad y una eslora inferior a 24 metros, podrán registrarse sin necesidad de presentar el correspondiente proyecto, siempre que la marca y el modelo figure en la base de datos de las embarcaciones homologadas por la Dirección General de la Marina Mercante, y, por parte de la Administración marítima, se someta la embarcación a un reconocimiento inicial, que será ampliado con el alcance de los reconocimientos periódicos definidos en el artículo 3.B del Real Decreto 1434/1999.
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#4
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Cita:
Gracias. Efectivamente la serie JOD35 no figura. |
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#5
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Otra consulta.
![]() Si mantuviera la bandera francesa ¿Qué documentación hay que tramitar? y con esto me refiero a: - Bajada de bandera NO evidentemente. Ahora bien ¿Cómo le digo al estado Francés que ahora yo soy el titular de esta embarcación? - Pasavante tampoco, el barco dispone de pabellón y navega cumpliendo su normativa. - ¿Puedo salir tan 'pichi' de puerto francés navegando con mi Patrón de Yate y mi DNI? - ¿A la entrada a puerto español hace falta algún documento? - Tendré que pagar el 12% para matrucularlo y el 4% del ITP. - ¿El MMSI será el de origen con cambio de titular? Gracias señores. ![]() |
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#6
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En principio:
Cambio de tituralidad, nosotros lo hicimos en Bayona, pagar impuestos segun tablas y solicitar licencia nueva MMSI aqui: http://www.anfr.fr/fr/autorisations-...n-de-bord.html tardan pocos dias.. En hendaya hay una chica de una gestoria que hace el cambio de tituralid por unos 70€ y luego a ![]() ![]() |
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