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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Comunicaros que hoy he recibido la carta de DGMM autorizandome al cambio de bandera, siendo residente español.
No soy capaz de adjuntarla por el tamaño, pero si alguno necesita más información por privado se la envio. Tambien deciros que he encontrado un gestor muy competente en Vigo, que me ha simplificado todas las operaciones y que se lo recomiendo a cualquiera que no quiera hacer el mismo las gestiones y papeleo. Particularmente me siento muy satisfecho por el cambio y esperemos que el tiempo nos de la razon. Gracias por vuestro hilo.
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YO NO SOY FUNDADOR PERO ORGULLOSO DE SER SOCIO |
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kAILOA (19-02-2013) | ||
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#2
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Salu2:
He recibido respuesta belga y me comentan esto ... Madame, Monsieur, Suite à votre demande d’une lettre de pavillon/plaque d’immatriculation. Je vous prie de répondre aux rubriques suivantes marquées d’une croix. Veuillez nous renvoyer cette lettre accompagnée des pièces manquantes. Une attestation de radiation délivrée par les autorités compétentes si le bateau est acheté d’occasion A l’étranger De lo que mi nivel en frances me hace sospechar ( traductor ), que me estan pidiendo el certificado de baja del barco en este caso en Alemania. El anterior propietario me dijo que llevaba 2 años dado de baja pero no me facilito ningun documento. 1.- Es realamente esto lo que me estan pidiendo ? 2.- Esa gestion la puedo realizar yo con la administracion alemana o se tiene que encargar el anterior dueño ? Gracias |
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#3
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Hola a todos de nuevo,
Como he visto que se me complicaba un poco la gestión del cambio de bandera y me ha parecido razonable el precio que en principio me ha dado la gestoria de www.bandera-belga.com me he puesto con ellos al cambio de bandera. ¿Teneis alguna referencia de como trabajan? Como siempre mil gracias por todo y sigo pagando rondas ![]() Un saludo |
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vecino (18-02-2013) | ||
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#4
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Pues otro mas que se esta a la espera de la baja de bandera para empezar con todo el lío, haber que tal, de momento ya tengo la bandera jejeje eso si sin ponerla todavía.
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Siempre adelante. |
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#5
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impresionante trabajo!! En primer lugar
![]() por todos ustedes por este interesante e informativo foro. He seguido durante dias todas las intervenciones y es de agradecer ....Resumo mi situación ;no sin antes convidarles a más birras bien frías![]() soy PER, aficcionado a la vela ,pero con embarcacion a motor (7m) recién adquirida ( cuando he podido y tras muchos cabezazos contra la pared) . Hace un mes adquiero una embarcación matriculada en Holanda...y a los pocos dias me paso por Capitania...![]() pareciese que hubiera matado a media población mundial cuando pregunto por abanderar en Spain.... me decia un gentil trabajador: bla bla bla €€ bla bla €€€ bla bla bla €€,,, y un montón de .....total que me quedé bastante jod...., incluso llegué a pensar en lo tonto que había sido por embarcarme en semejante aventura ( conato de depresión) y que mi única posibilidad pasaba por €€€€ , mil barreras y mucho mucho tieeeeeempo. ......Y hé aquí cuando les encuentro a ustedes..... y sus comentarios y experiencias ( casos reales) y obtengo una información que, ni organismos oficiales españoles me ofrecían ,,,,¿tanto huelo a ron?... Muy buen trabajo. ![]() estoy en trámite de cambio del propietario ( holandés) a mi persona (español) manteniendo bandera y , a diferencia de las instancias españolas, son todo ![]() ...Todavía no canto victoria, pero espero no tener problemas ni trabas... , aunque no lo sé . Lo que en principio era un sueño realizado ( ¿7metros? Pues sí! ) se fué convirtiendo en una pesadilla, y ahora parece que poco a poco se me va yendo el dolor de estómago y el agobio generalizado.Un fuerte abrazo y me sumo a este grandioso foro. Bobbysea ![]() |
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#6
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Cita:
Efectivamente, lo que te estan pidiendo es el documento de la baja de bandera del pais de origen. Con el contrato de compraventa a tu nombre, no deberias tener problema, para solicitar una copia al organismo correspondiente en Alemania e incluso solicitar la baja de bandera, si el anterior dueño no lo hubiera hecho. Suerte ![]() |
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#7
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Cita:
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#8
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Las gestiones cuestan 18 euros, los documentos originales, fotocopia dni y entregar la documentacion en cualquier Capitania. Mas simple y facil no puede ser.
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La libertad es ser dueño de tu tiempo. http://www.imystic.es http://imysticblog.blogspot.com.es Socio Anavre 1148 Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241 Ex-Mysticibiza
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navegante 2007 (26-02-2013) | ||
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#9
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![]() ![]() , pues eso... gracias a todos por lo aportado, ya estoy en trámites, he pedido baja de bandera y ando con el resto de papeleos.![]() ![]() ![]() |
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#10
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Buenas y unos chatos para el personal
![]() ![]() Lo primero agradecer a los varios cofrades que han invertido su tiempo y esfuerzo en aclarar estas cuestiones, especialmente a Tupac A que ha sido especialmente brillante y riguroso en sus intervencionesEl caso es que ya estaba convencido, y de repente buscando por internet me encuentro esto con fecha 9 febrero 2011 (ya en vigor la DA1). Es una consulta vinculante al SG de Inpuestos Especiales y Tributos http://www.experiencialt.com/registros/4740/ 2. Embarcación utilizada por personas no residentes en España, capitaneada y tripulada por personas residentes en España: A los efectos de la Disposición adicional primera de la Ley de Impuestos Especiales, una embarcación de recreo no precisará ser objeto de matriculación definitiva en España, siempre que dicha embarcación sea utilizada en territorio español por personas o entidades no residentes en España o que no sean titulares de establecimientos situados en España. A primera vista parece que se deduce que en caso contrario (embarcación utilizada por personas o entidades RESIDENTES), si es necesario matriculación. Pido disculpas si esto ha salido ya (me he leído TODOS los hilos sobre el tema), pero ante esta duda, se impone la cautela. A ver si alguien puede iluminarme Un saludo |
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Tupac A. (28-02-2013) | ||
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#11
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Por favor, tened piedad de mí, no me he leído las 32 páginas
![]() Puede alguien poner el enlace de donde se solicita el MMSI? Porque supongo que al dar de baja la bandera el MMSI actual ya no sirve, no? |
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#12
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Cita:
Rellenas el formulario con tus equipos radioeléctricos, los teléfonos de contacto por si se produce un distress, y lo envias por email a bmr@bipt.be , adjuntando la Lettre de Pavillon. En 3 o 4 dias tendrás el certificado en tu casa. ![]() |
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Akakus (28-02-2013) | ||
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#13
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Cita:
1. Por un lado, esa consulta resuelve una situacion planteada con anterioridad a la reforma, aunque la respuesta llegue con posterioridad. Ya es habitual que una consulta llegue "a misas dichas". 2. Por otro lado, es que la obligacion de matricular sigue estando prevista con caracter general. Lo unico que introdujo la reforma que entro en vigor el 1.1.2011 fue la exencion de esa obligacion en determinados supuestos (cuando es importa un barco con bandera de la UE). Si no se trata de esos supuestos, la obligacion de matricular subsiste. Por eso es normal que, en general, siga hablando de la obligacion de matricular. Otra cosa es que la administracion esta considerando como si la Ley hubiera suprimido la obligacion (cosa que no es cierta). |
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zek (01-03-2013) | ||
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#14
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Cita:
De nuevo gracias. Duda solucionada Efectivamente, se trata de una forma de expresarse que da a entender una generalizacion (obligatoriedad de matriculacion por residentes) que no es del todo cierta ( precisamente el caso de importacion que comentas). La verdad es que me lo debi imaginar despues de ver la forma de redactar la disposicion adicional de marras (o las disposiciones que se han colgado de otros organos de la administracion) Otra cosa para los especialistas en radio Ya se ha comentado la posibilidad de obtener el SRC (Short Range Certificate) de la RYA (ingles) de manera mas o menos sencilla. El caso es que en Belgica exigen el Certificat Restreint de Radiotelephoniste para poseer la VHF, y segun la legislacion belga que he encontrado, es necesario seguir un cursillo de 8 horas y pasar el examen SRC (short range certificate) para poder emitir en otras frecuencias distintas de la VHF (por ejemplo, las del sistema SMSSM). Dicho esto he intentado buscar en la legislacion belga una tabla de equivalencias de titulaciones europeas de radio, pero no encuentro nada. Es decir, se supone que el SRC ingles de la RYA es equivalente al SRC belga, pero ¿alguien puede confirmarlo con fundamento y dar alguna referencia legislativa belga? Por anticipado: ![]() ![]() ![]() Un saludo |
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#15
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Cita:
una cervecita fresca para celebrar lo que parece ser lo mas tedioso del tramite, me puedes decir cuanto tiempo han tardado en darte la baja. ![]() ![]() |
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