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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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El número de vela al igual que las licencias federativas lo puedes mantener perfectamente, no tiene nada que ver la Federacion con Capitania, la licencia de pesca desde embarcacion la tienes que conservar si vas al curri o de pesca. saludos :brindis:
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#2
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Primero las consabidas rondas.
Pues a mí como que no me acaba de quedar nada claro en absoluto. En primer lugar la inseguridad de que en cualquier momento pueden cambiar las leyes y volver a ser obligatorio a abanderar en España. Y nada de Directivas. Sino vean a las EMPRESAS GRANDES, por ejemplo BALEARIA. Sí tiene barcos abanderados en Malta, pero esos barcos son propiedad de una sociedad creada por ellos en Malta a la cual tuvieron que venderle esos barcos, y son de bandera de allí porque son propiedad de una empresa Maltesa, que luego a su vez los alquila con tripulación a la propia BALEARIA española. No es tan simple, en uso comercial hay la exigencia de que el barco debe ser propiedad de una empresa situada con sede de donde se tiene la bandera. Por lo que esa seguridad de que nunca volverá la obligación de tener bandera española, yo no la diría muy en alto. Es más, aunque eso ya es otro tema, tal como está lo del EURO y lo de la UE. Cuidado con lo que pase en el futuro ... En cualquier caso es cierto que una nave se rige por las leyes de su bandera, tanto en derechos como en deberes. es decir, si tiene tú barco de, por ejemplo, bandera Belga, problemas con el seguro o con el astillero, o con otro barco, y tienes que reclamar: OJO!!!!! OLVIDATE DE ACUDIR A LA JUSTICIA ESPAÑOLA. Tú barco no es español ni está arropado por los derechos y leyes españolas, tendrás que ir a las cortes Belgas. Pero donde no me queda en absoluto claro es en el tema titulaciones. Hablan en su web de la obligación de navegar con TITULACION en aguas interiores. Pero NO habla de en sus aguas, habla de navegación en aguas interiores. Aguas interiores, también son nuestras bahías, nuestras rías, nuestras calas grandes, las aguas archipielágicas en Canarias, etc. Por tanto, señores, para navegar por aguas interiores con pabellón BELGA es obligatorio tener titulación náutico-deportiva. ¿El tema es nos vale la nuestra? (cuando resulta que estos títulos para navegar por aguas interiores sólo se los pueden sacar los residentes en Bélgica!!!!!!!!) Para títulos equivalentes de otros países hay que presentar la solicitud para que se conceda el certificado de equivalente. Repito para navegar en general por aguas interiores (no sólo de Bélgica). Pero si seguimos mirando su web de náutica deportivas: http://www.mobilit.belgium.be/fr/navigation/plaisance/ En su apartado del conductor (el patrón) hay la pestaña MER, empieza con el siguiente texto (traducción del google): Para la práctica de la navegación marítima, certificado de competencia es ahora obligatorio en Bélgica. Y pone dos títulos, y los formularios para ir a examen. our pouvoir participer aux examens, les candidats de nationalités autres que belge ou luxembourgeoise sont priés de solliciter l’autorisation du Directeur général du Transport maritime en adressant une demande écrite auprès du Service public fédéral Mobilité et Transports - Transport maritime. (También pone) Y para navegar internacionalmente te expiden y emiten el ICC sin más, parece que es con solo pedirlo. Pero... que pone y me traduce google al español: Soy belga y tengo un extranjero CPI. ¿Puedo cambiarlo por un belga ICC? No. Sin embargo, usted puede navegar con el ICC Bélgica en el extranjero. Je suis belge et j’ai un ICC étranger. Puis-je l’échanger pour un ICC belge ? Non. Vous pouvez cependant naviguer en Belgique avec votre ICC étranger. Yo soy un extraño y vivo en el extranjero. ¿Puedo obtener una Bélgica ICC? No. No cumple con los criterios para la obtención de una Corte Penal Internacional Belga "ser belga o tener un permiso de residencia". Je suis étranger et j’habite à l’étranger. Puis-je obtenir un ICC belge ? Non. Vous ne répondez pas aux critères d’obtention d’un ICC belge « être belge ou posséder un permis de séjour ». Por ello, tengo numerosas dudas sobre lo del pabellón Belga. En otros sitios tengo leído que mucho cuidado cuando entramos en aguas interiores navegando, que en muchas banderas me exigen cumplir con ciertos requisitos, aunque no sean agua interiores del país de bandera. Mucho cuidado, porque los de verde si te pueden para y pueden pedirte la documentación, sea del país de sea (igual que cuando te paran un coche de matricula no española por nuestras carreteras). No te inspeccionarán el barco ni su equipamiento, como hacen con los coches. Pero como el permiso de circulación no sea válido para llevar ese vehículo, o no esté permitido porque no eres de la nacionalidad, o cualquier requisito legal que se conozcan, te inmovilizan el vehículo. En la mar estamos a tres días de que esto empiece a ocurrir Y respecto otras banderas, eso de que no hay ITB's (jajajajajaja). No hay ITB's, pero un profesional reconocido tiene que revisar y certificar que el estado de la embarcación y su equipo de seguridad es el correcto y en buen estado, y en otros países siguen inspeccionando algunas embarcaciones desde la administración en ciertos casos. No hay en toda Europa esa libertad absoluta de la que se habla. Eso es falso. Y que no nos pueden parar y mirar, es completamente falso. Con los grandes buques ya se hace, hay acuerdos y directivas al respecto, y la obligación de inspeccionar un cierto número de barco que entran en puerto. Miran que no estén en un pésimo estado e inseguro, que tengan sus papeles en regla y que el gobierno y mando del mismo sea por alguien competente con la adecuada titulación, permisos o licencias. Y si hay algo mal el barco se retiene y precinta. Pero esto que se hace para los grandes barcos, también lo pueden aplican a las embarcaciones pequeñas. Cosa distinta es que aún no se metan con ello, salvo que sea un barquito de charter. Pero eso de que con un pabellón extranjero se es intocable por los chicos de verde: ES COMPLETAMENTE FALSO. Con lo cual, a mi me quedan dudas sobre eso de llevar el pabellón Belga, y de si un no residente en Bélgica puede hacer una simple navegación costera sin tener el título y el certificado Belga, que solo se da a los residentes en Bélgica. seguro que por aquí alguien puede aclararme las justificadas dudas que tengo al respecto y que he detallado. |
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#3
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Cita:
Recomendaría un cursillo acelerado de francés antes de dar informaciones totalmente erróneas al resto de los parroquianos. Lo que pone la web que citas es lo siguiente: "Pour la pratique de la navigation en mer, aucun certificat de compétence n'est actuellement obligatoire en Belgique. Il est toutefois fortement conseillé de suivre une formation adéquate. " Que traducido es: "Para la práctica de la navegación marítima, actualmente ningún certificado de competencia es obligatorio en Bélgica. En cualquier caso, es muy aconsejable tener una formación adecuada." ![]() |
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#4
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Sí, eso es correcto, eso lo he leído en una de sus páginas. Coincide con lo que goolgle me ha traducido.
Pero, si en esa página pone eso, en todas las demás no pone eso, y habla de una titulaciones, y de la obligación para NAVEGAR POR AGUAS INTERIORES de tener la correspondiente titulación, y etc. Naturalmente desconozco la legislación Belga, y su modelo jurídico-legislativo. Pero me he quedado con muchas dudas. NO LO VEO TAN CLARO. En UK, por ejemplo el MCA, esto lo pone bien claro y siempre lo mismo el todas sus páginas webs de un modo coherente. Pero en la web BELGA no queda tan claro. |
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#5
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Otra cosa más añadiré.
Cuantas veces en nuestra querida agencia tributaria española nos hemos encontrado con información en su web que luego no era realmente tal cual, porque había algún matiz que no coincidía exactamente con lo publicado en el BOE. O cuantas veces hemos visto en la web de algún ministerio, dirección general, comunidad autónoma, etc. algo que no era tal cual respecto algún trámite o norma. Aquí, algunos se estudian el BOE coma por coma. Y las asociaciones les sacan miga y los expertos punta a cada línea. Y así luego en FOROS nos enteramos muy bien de todo, e incluso podemos ver de donde salen las cosas, de que leyes, reales Decretos, etc. Y desgraciadamente, como en España, no es suficiente con leerse un decreto o Ley. Pero respecto las banderas extranjeras, sólo leo comentarios referidos a breves introducciones que aparecen en webs de carácter informativo muy simples. Yo profesionalmente tengo realizados trabajos en otros paises europeos. Y las realidades, a pesar de en muchas cosas (no en todas) funcionar mejor que nosotros, no son tan simples. Y al final es como en España, hasta que no has profundizado en el tema y te has empapado de normas y decretos suyos, no empiezas a tener una ligera visión de como funciona realmente allí cada tema y de si realmente puedes o no puedes. Claro aquí se juega con la ventaja de que nos aprovechamos de emplear lo de allí porque aquí como lo desconocen aún más que nosotros que decimos conocer algo, pues... Tira pa adelante con el carro que hasta que me parean todo lo avanzado ya será camino ganado. Mucho cuidado, que piratas y "listillos" también los hay fuera de España. Gestorías que todo OK pasando por su caja para hacer según que cosas fuera de España, y que luego al final resulta en realidad que no era tan simple, ni así, pero ya te cobraron y no quieren saber nada. De esas, ... también las hay en los paises que decimos serios cobrando a los pardillos de otras naciones por numerosas cosas y muchos campos y áreas. Yo expongo que tengo dudas. Que no lo veo tan claro. Y es más, digo que no es la solución, es un parche (si se puede). La solución es arreglar lo que hay en España mal. |
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#6
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Cita:
Nadie te obliga a abandonar la bandera española, sobre la tenecia y uso de barcos con bandera extranjera por parte de españoles, hay suficientes BOEs y confirmaciones DOCUMENTADAS por parte de la DGMM y la Agencia Tributaria que lo avalan. Y la leyes Belgas son claras y concisas, y no obligan a título alguno en el mar. Te recomendaría 1 mejor traducción del francés y/o flamenco/holandés y 1 repasillo al RIPAM, en especial la regla 1(a) para saber que son aguas interiores. Entiendo que ciertas empresas que viven de las ITBs y la absurda normativa se molesten, pero banderas aparte, la solución pasa por quitar esas absurdas revisiones y zonas de navegación, con lo cual tampoco van a vivir de ello. |
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#7
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Muy buenas cofrades, vaya esta ronda por mi cuenta, y la que viene también...
![]() Tengo una duda que me tiene preocupado y que probablemente alguno de ustedes pueda respondérmela. En resumen, soy uruguayo pero resido en España hace casi cinco años. ¿Podría yo tener un barco de bandera belga/holandesa? He iniciado el trámite para obtener la nacionalidad española por residencia, pero en Barcelona, que es donde vivo, el trámite demora 4 años en realizarse... y recién tengo fecha para ser atendido en el 2015... por lo que con mucha suerte, recién en el 2017 tendré un papel que dirá que soy un ciudadano super de primera... He leído en el correr del hilo que se solicita se residente (para pabellón belga por ejemplo), pero en http://www.bandera-belga.com/tramite-bandera-belga.html hablan de ser ciudadano europeo. Entonces, espero que no, pero... ¿tendré que esperar al 2017 para tener mi hogar en el mar? (no quiero tener pabellón español, por motivos económicos).Muchas gracias a todos los que aportan su conocimiento y una ronda extra para los que puedan ayudarme. Salud! |
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#8
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Lo siento pero si, tienes que ser ciudadano de la CE.
Iván ![]() |
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#9
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Gracias por la rápida respuesta Bambam... que la verdad que es bastante triste para mi.
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#10
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Pon bandera uruguaya, la legislación española no te lo impide.
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#11
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Cita:
Es fácil, acuérdate del chiste: "Qué prefieres, la moto o la chavala que está encima?" Y dice el tipo: "La moto. Con ella tendré todas las chavalas que quiera." Así que si en vez de una moto es un barco, ni te digo. Editado por Kane en 06-04-2013 a las 23:02. |
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#12
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venezianis ,
En serio , no se por donde empiezar ...., de lo que expones , la mitad es falso , la otra fruto de una traducion errónea ... Y ya me podrás rebatir que no se navegar y que no se nada de barcos si quieres ![]() Pero de Bélgica y de frances , me se un rato ... Entiendo que quieras defender en chollo de las ITB y demás , estas en tu derecho , siempre que lo hagas desde la verdad . Soy el primero de esta taberna , que por facilidades debidas a mi situación , obtuvo la bandera belga , y no he tenido ningún problema con la GC , ni con nadi , en cuanto de que en caso de problemas tengas que ir a un tribunal Belga , es falso , vas a un tribunal Español , solo que vas a traves de la embajada Belga , así que en vez de ser un pequeño particular contra una empresa , el ruicio que se celebra es entre un pais y una pequeña empresa ... , por la experiencia que tengo , que la tengo , las cosas se resuelven en 15 dias de forma " amistosa " sin que se vaya a tribunal si quiera , ser una empresa y recibir una carta de una embajada que dice que va a por ti suele calmar a impresentable mas pintado ...![]() ![]() Aclarado eso vamos al tema de las titulaciones : no hay para aguas marítimas en navegación deportiva . En Bélgica lo tienen mas claro : si es agua salada : es de mar y no hay titulaciones , ni limites de distancias. Si es agua dulce , son aguas interiores , hay titulación. Y eso se entiende por la complejidad que puede revestir la navegación por canales muy transitados y pasos de esclusas . Perdonad el tocho , pero pensaba que ya habíamos superado el " Banderaseptisismo " ![]() Editado por vertijean en 07-04-2013 a las 10:57. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a vertijean | ||
TAORMINA (29-09-2014) | ||
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#13
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Cita:
En este sentido es una nación muy peculiar. En sus aguas o navegas en aguas marítimas exteriores o estas dentro de un puerto o en aguas interiores (pero en un canal o río). Ellos hablan de lo suyo aguas exteriores que es todo lo que es agua de MAR fuera de sus puertos, y hablan de sus aguas interiores (que son sus preciosos canales). No obstante eso es en Bélgica. Fuera de Bélgica ocurre simplemente que donde ellos ponen AGUAS INTERIORES (tal como define el convenio del Mar de naciones unidas) incluye aguas de mar en bahías, radas, rías, ... Realmente muy curiosa y particular la costa marítima belga, es como una larga playa recta interrumpida ocasionalmente por las entradas a varios puertos o canales. Por cierto, un preciso país para ir de viaje (lo recomiendo). |
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#14
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Cita:
![]() ![]() ![]() Lo siento y perdonar, pero me estoy ![]() ![]() ![]() ![]() Me imagino la situación. Español acude a la embajada belga en España (que ya es ir a Madrid de viaje), o a un consulado si lo tiene en su ciudad y logra que no le digan que esas cosas son realmente propias de ir directamente a la embajada. Y empiezas, miren ustedes: Ni soy nacional de Bélgica, ni tengo familia allí, ni soy residente el Bélgica, ni tengo empresa en Bélgica, ni na de na. Pero tenía una embarcación con bandera española, y como en España nos dar por culo con esto y lo otro y ustedes son más razonables en todo esto y no piden nada de nada, pues eso que solicite tener mi barco matriculado y abanderado en su país. Lo más seguro es que el empleado de la embajada que escuche esto estará perplejo y le preguntará algo del tipo: Pero, ... ¿usted tiene su yate el un puerto Belga? -NOOO, nunca lo he movido de mi puerto español, ni he salido de las aguas españolas. Bueno, vale, ... Pues usted me dirá en qué le podemos ayudar. -Pues mire que he tenido este problema y como mi yate no está acogido a las leyes españolas no puedo reclamar en los tribunales de España este caso que me ha pasado y le explico, y me gustaría que ustedes como embajada le mandaran una carta amenazante a esta persona. No creo que los Belgas, que son serios, estén por la labor salvo que sea un tema gordo, gordo de tremendo y alarmante Seamos serios y no digamos estupideces. Que el truco existe ahora y es completamente legal tener otra bandera: SI, si lo es Cosa distinta es que cualquier estado permita abanderar a un no residente. Y cosa distinta es que se pueda usar o sepamos tener todo en regla. A esto seguiría con un comentario sobre la seguridad de estar tranquilos llevando otra bandera. Pero para eso hay otro hilo en el él lo expresaré. |
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#15
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muchas gracias Bob del mar y venezianis, por registraros casi el mismo día y solo hablarnos del tema del cambio de bandera.
Editado por Kenzo en 07-04-2013 a las 19:30. Razón: sin acritud |
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#16
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Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() Lo mas bueno es que me moleste en contestar ! , y iba a contestar tambien al bob este , pero visto lo visto , no me voy a molestar ! ![]() |
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#17
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No vale la pena contestar según a que a estas alturas, mi próximo barco PABELLON BELGA
Saludos Editado por Xavier Vila en 08-04-2013 a las 17:32. Razón: No vale la pena constar según que |
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