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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Unas rondas a todos,
Esta mañana he llegado a esta web www.salanavegar.com a través de este artículo http://www.eureka-startups.com/blog/...ace-en-espana/ El caso es que según explican en el artículo, es una web para que propietarios de embarcaciones en España puedan alquilar a particulares los días que no la utilizan. Si leéis el artículo veréis que, tal y como lo explican, se salta completamente las normativas de lista 6ª y 7ª. ¿Están haciendo marketing para la gente que no tiene ni idea de como funciona la legislación española, o realmente tiene algún truco? La web tiene muy buena pinta, pero no comprendo donde está el truco. |
| 2 Cofrades agradecieron a arcadia este mensaje: | ||
Acasimirocasper (02-07-2013), Salat (01-07-2013) | ||
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#2
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A ver si algún forero ducho en temas legales nos lo aclara, porque el tema es interesante. Aunque imagino que si el asunto fuera tan sencillo, ya estaría inventado hace tiempo.
Supongo que como la web lo único que hace es unir armadores con clientes, ellos no incumplen ninguna ley. El problema lo puede tener el propietario de un barco de lista 7ª cuando aparezca hacienda y le pida "los papeles". Salu2 |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a maneldeantonio | ||
Salat (01-07-2013) | ||
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#3
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Pues yo tampoco soy un experto en temas legales, pero no creo que la web en cuestión tenga ningún truco.
Como bien dice el artículo, se trata del concepto popularizado por airbnb adaptado a embarcaciones. Y al igual que airbnb, utilizan ya sea un vacío legal, situación de alegalidad o directamente "no cumplamos la ley" y a ver qué pasa ![]() En el caso de airbnb por ejemplo, en muchas ciudades no está permitido alquilar tu vivienda si no cumples una serie de requisitos y en algunos casos (como Nueva York si mal no recuerdo) se ha intentado o prohibido su uso, ya que como es de esperar las cadenas hoteleras han puesto el grito en el cielo. Yo creo que la intención de la web es buena, aunque habrá que esperar a ver qué pasa. Por lo pronto y según veo los precios tampoco es que sean una ganga (salvo alguna excepción) por lo que habría que ver qué ventajas reporta alquilar por este medio comparado con los métodos de siempre (tanto para el dueño como para quien alquila) |
| 2 Cofrades agradecieron a daneel.olivaw este mensaje: | ||
Acasimirocasper (02-07-2013), Salat (01-07-2013) | ||
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#4
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Hola,
Soy Salat, cófrade de esta taberna y cofundador de salanavegar.com Como bien decís evidentemente únicamente las embarcaciones en lista 6ª pueden alquilar. Para ello, si una embarcación está en lista 7ª, ayudamos en todos los pasos necesarios para hacer los cambios y para cumplir estrictamente con la ley (6ª, IVA e IRPF e informamos sobre el tema de patrones que también tiene su miga). El motivo de que no salga nada en el artículo, es que es un canal enfocado a emprendedores y lo de 6ª y 7ª es algo que su público objetivo mayoritario no conoce. Hemos tratado del tema con la patronal del sector y con las capitanías marítimas de Barcelona y de Tarragona y el proceso como digo es 100% legal. Se pasa el barco a 6ª y como antes estaba en 7ª significa que ya pagó el impuesto de matriculación e IVA y por lo tanto al pasarlo a 6ª se puede serguir usando a nivel personal. Quedo a vuestra disposición para cualquier duda. Si queréis algo más personalizado me podéis encontrar en info@salanavegar.com ![]() Octavi |
| 5 Cofrades agradecieron a Salat este mensaje: | ||
Acasimirocasper (02-07-2013), caribdis (01-07-2013), Mareón (03-07-2013), pil pil (01-07-2013), whitecast (01-07-2013) | ||
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#5
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Cita:
Gracias por la respuesta, la verdad es que la duda me entró cuando vi algunas fotografías de embarcaciones en vuestra web con la lista 7ª. Me parece muy interesante la propuesta, aunque por desgracia, el tema títulos y normativas españolas no hacen más que dificultar este tipo de iniciativas, que son muy interesantes. Felicidades por el proyecto y espero que todo vaya viento en popa Un saludo Ruben |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a arcadia | ||
Salat (01-07-2013) | ||
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#6
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Jajajjaa, lo entiendo
Seguramente la fotografía de una embarcación con lista 7ª es la mía ![]() Acabo de pasar el velero a 6ª lista y ya estoy dispuesto a comenzar a alquilar ![]() Un abrazo, Octavi |
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#7
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Cuanto se tarda y que coste supone pasarlo a 6 lista?
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Cristobalir | ||
Salat (02-07-2013) | ||
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#8
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Los pasos son:
- ITB Adicional (en el agua) unos 180€ - complementar el seguro (1 llamada y +10-20% de cuota) - comprar 1 extintor - presentar un papel en capitanía y pagar unos 17 euros (esto es lo que tarda más, de 1 a 4 semanas en tener respuesta) -comprar una matrícula y ponerla - darse de alta en el IVA - Darse de alta en salanavegar.com y comenzar a alquilar ![]() Yo lo tuve todo hecho en 3 semanas. Octavi |
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#9
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Y se suele alquilar con o sin patron?
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#10
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Eso lo elige el armador, que tiene las siguientes opciones cuando dá de alta el barco:
- Sólo se alquila con patrón - Sólo se alquila sin patrón - Indistintamente según quiera el cliente. Si marca la primera o la tercera puede indicar el precio del patrón. Si marca una de las dos primeras opciones, sale una nota en la home que lo indica. Un saludo, Octavi ![]() |
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