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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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#2
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Hola, vuelvo a incidir en el tema legal. ¿Un contrato privado no prescribe?
Consulta en una notaría el coste de realizarlo allí. O en algún sitio que te hagan un reconocimiento de firma. Antes se hacía en los bancos. Para todos ![]() ![]() |
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#3
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Hola a todos osea que con copia del dni del vendedor,con contrato de compra-venta del motor indicando numero de modelo ,numero de serie,marca y caballos del motor pagar el impuesto de trasmisiones es suficiente para que este a mi nombre?.un saludo
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#4
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Para pagar transmisiones, por lo menos en la Comunidad Valenciana, te piden la documentación del motor, sea como asiento en una embarcación o como libre disposición.
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#5
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Gracias a todos pero no me queda claro vale solo con el contrato de compra venta o se necisita algo mas.un saludo
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a guaman2001 | ||
Wilfred692 (06-09-2024) | ||
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#6
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![]() Yo vendí uno hace cosa de un año, y no tenia papeles pero en su momento estaba acoplado a un barco; en capitanía me dijeron que solo contrato de compraventa y el motor ya está totalmente legal, que ellos ya no pintan nada en los fueraborda (ni impuesto de transmisiones ni nada). |
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#7
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Cita:
Gracias osea que con el contrato de compraventa y la copia del dni del comprador es suficiente .un saludo ![]() |
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#8
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Cita:
saludos |
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