Esto va de suposiciones

porque nos falta información.
Aquí, a menudo, las instrucciones nos indican dejar alguna isla por babor o Er. Mejilloneras no hay fuera de puertos. Pero interpreto que una mejillonera es como una isla, según el reglamento: un obstáculo. Este obstáculo puede estar incluido en una zona de fondeo prohibido, de arrastre prohibido, de pesca prohibida, o de navegación prohibida o libre. Y en ese último caso, si no está prohibido navegar por unas aguas, y las marcas especiales están indicando algo que no impide la navegación, sino otra cosa, la marca especial será otro obstáculo. Porque parece que son marcas especiales, con una X encima, no marcas cardinales.
Al aproximarnos a un obstáculo, sea tierra un barco o una mejillonera, hay unas reglas que intervienen... pero eso es otra historia.
Yo entiendo que si eran aguas navegables podía pasarse entre la mejillonera y las boyas, dejando la mejillonera por estribor y la boya por babor.
En cualquier caso, habría que asegurarse de que las cartas oficiales no impiden la navegación entre esas boyas y leer el texto de las instrucciones. Parecería lógico que las instrucciones, para evitar barcos subidos a bateas

, dijeran: dejar las mejilloneras y sus marcas adyacentes, o especiales o... por estribor.
Aquí es típico dejar el Archipiélago de Cabrera por Estribor, y eso incluye todas las islas e islotes, pero no las marcas especiales que marcan los límites del Parque Nacional de Cabrera.
