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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Yo tengo bandera inglesa. Necesitarías un representante en el Reino Unido. A mi me representa una gestoría (Ward & Mackenzie) por algo mas de 100€ al año. Desde luego, si ya tiene bandera inglesa, yo no lo cambiaría.
![]() En cuanto a pagos, tienes que tener pagado el IVA. Y tienes que pagar el impuesto de matriculación (aunque no lo vayas a matricular en España) que es un 12% del valor de compra del barco, y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que según la comunidad en la que residas será un tanto por ciento ( en mi caso fué un 4%). Estos impuestos los tienes que pagar con cualquier bandera (Holandesa, Belga, etc...) si eres residente en España y navegas por aguas españolas. Hay varios hilos en la Taberna al respecto..., Consulta con el cofrade Tupac.A. que sabe mucho del tema. ![]() Editado por Javi-Miss Regina en 18-07-2013 a las 19:54. |
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#2
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El impuesto de matriculación (Impuesto Especial Sobre Determinados Medios de Transporte) es de 12% para barcos con eslora a partir de los 8 m.
Si la eslora es inferior solo tendrás de tramitar la no sujeción.
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#3
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Pero mi pregunta es ¿si el barco es antiguo por ejemplo del año 86 en aquella época no existía el IVA y la venta entre particulares no hay que pagar este impuesto porque hay que pagarlo en un barco?
Ejemplo: si le compro un coche de ocasión a el Sr Pedro Perez no le pago IVA. ![]() |
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