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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos dias cofrad@s
No quiero echar mas leña al fuego pero.... En España rige el principio de que "...el desconocimiento de una ley no impide su cumplimiento..." y eso se aplica a todos los ciudadanos españoles, sean quienes sean. Si yo no cumplo un precepto de un codigo, me denunciarán y se me impondra la sancion correspondiente. Si un servidor de la Ley, es decir, un agente de la autoridad me denuncia , tiene que escribir en la denuncia que precepto y de que codigo es el que he incumplido. No puede levantar un acta de inspeccion diciendo que "yo creo", sino haciendo referencia a lo infringido. Si resulta que no ha lugar porque eso no es aplicable, no creo que la solucion de tirar a la papelera la denuncia sea la correcta por parte de la autoridad que sanciona, toda vez que yo no se que curso legal ha tenido, y además, se me ha acusado de una infracción. Imaginaos el dolor de cabeza, pensando en que va a pasar, si sigue curso a recurrir, si me van a hacer tal o cual... No se si lo suyo es exigir por escrito resolucion a la autoridad maritima y en caso de que sea de "archivese y sin efecto", buscar la forma de CORREGIR al que se extralimitó por "desconocimiento de la ley", porque ESTOY SEGURO de que fue ese el motivo, y no cumplir con el cupo de denuncias como algun malpensado pueda imaginar. No se si todavia existe en la legislacion española un articulo que hablaba de la "incompetencia profesional" que estaba al lado del que hablaba de la "negligencia profesional". Que pena no tener conocimientos legales suficientes para seguir con este tema. Como digo, no es echar leña al fuego, es buscar que los procedimientos sean racionales y justos, y no la ley de la selva. Un saludo a tod@s
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Santander la marinera, la que tiene azul el alma y al viento su corazon MMSI 205865910 CALL SIGN OR8659 |
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#2
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Cita:
Lo bueno que tiene que haya casos de archivo es que a la GC y aduanas les llega de capitania que no tienen que denunciar en esos supuestos. Por otra parte, el tema de si hay responsabilidad de un agente por una denuncia por ignorancia de un hecho que resulte no ser una infraccion es un tema que no me interesa. Sinceramente, es un caso que nos iremos encontrando y que, poco a poco, iran menguando. Otra cosa es la responsabilidad de algun agente que denuncia con conocimiento de que no es infraccion. Entonces si que seria un tema penal (no se si abuso de autoridad o que). Pero, insisto, que pueda haber alguna denuncia por desconocimiento, es un tema menor que, logicamente, ira a menos. |
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#3
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Hola a todos, por fin pude comprobar in situ los beneficios del pabellon belga, os cuento.
El domingo, despues de venir de navegar, sobre las 20 horas y a pie de pantalan se presentan dos agentes de la GC, que terminaban de atracar en el Nautico. Preguntaron por el patron de la embarcacion, y me diriji a ellos. Me preguntaron que cuanto tiempo hacia que no me inspeccionaban (yo para ver como iba el tema les dije mas de 5 años), asi que empezaron a pedirme papeles, bengalas etc . . . .. En ese momento uno de los dos se da cuenta del pabellon, y de dice al otro que ahi no tenian nada que hacer, me pidido la documentacion del barco, (lettre du pavillon, DNI, seguro y el Impuesto pagado) pero aun asi el otro agente me pidido una bengala, y les dije que no las llevaba ( si las llevo y en regla) a lo que me argumento que es conveniente que las llevara, no me pidieron ni la titulacion. Hicieron un papel, anotando los datos de la embarcacion y demas y muy amablemente se fueron, no sin antes hacer comentarios entre si como, esto es lo unico que les podemos pedir, etc . . . . De manera amable, pero con la intencion de que solo obtuvieran la documentacion que deben solciitar vi que efectivamente solo pueden pedir los documentos antes mencionados, y como comentais muchos en los posts anteriores si alguien pide algo mas os negais y en paz. Saludos ![]() ![]() ![]() ![]() :brin dis:
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#4
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Debe ser reconfortante sentirse tratado como un ciudadano
![]() Hay mucha diferencia a sentirse como un ciudadano que paga sus impuestos y recibe del estado unos servicios a cambio, a sentirse como un súbdito del señor feudal al que hay que estrujar para sacarle el dinero para que ellos puedan vivir como reyes. Estos últimos, obviamente, somos nosotros.
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| 4 Cofrades agradecieron a vecino este mensaje: | ||
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#5
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los que viven como reyes ?
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#6
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Cita:
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#7
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No, por desgracia, somos los "estrujados"
![]() ![]() Cita:
Por cierto, ya me imagino que "España" hará presión en la UE para que Bélgica y otros países cambien su sistema al español, no me extrañaría nada. A cambio del voto les ofrecerían un apartamento en Torrevieja a cada uno.
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#8
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Buenas tardes a tod@s
Por fin tengo toda la documentacion belga en regla, y este fin de semana arbolo pabellon belga en popa y pabellon de cortesia español en la driza de estribor, pero.... Teniendo en cuenta que mi velero es del año 1978 y de tercera mano, no tengo documento de haber pagado los impuestos correspondientes. Cuando lo di de baja en capitania de Barcelona, la funcionaria del registro, muy amablemente me dijo que ese barco al estar matriculado antes de la entrada en vigor de determinados impuestos estaba exento de ellos y en cambio habia pagado otros que ya no existen. Le pregunte como podia obtener un certificado de esto y me dijo que si no hubiera pagado los impuestos correspondientes el barco no tendria permiso de navegacion. Por tanto no tengo mas documento de haber pagado los impuestos que la hoja de asiento española en la que consta la baja, porque desde el año 78 ha cambiado de lista y ni siquiera esta completa la hoja de asiento. O sea que si me piden el documento de haber pagado los impuestos solo puedo presentar la copia de la documentacion española antigua. Los que ya teneis pabellon extranjero y estais en esta situacion como lo habeis solucionado? Un saludo
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