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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Lo malo de las leyes españolas es que son generales, no determinan, por lo que todo queda a la interpretación de un fulanito.
Con lo que el implicado no tiene forma de defenderse. Y si sumamos esta época de hambre infinita por la sanción. Se dá estos casos. Hace poco me comentarón que se apercibió por la G.C., a un señor que hace navegación en solitario, pues atracando iba gobernado con el remoto del piloto, mientras el preparaba las defensas y amarras. Por abandonar el gobierno de la embarcación, pues a la siguiente vez que lo viesen sería denunciado. Lo que me lleva a pensar que ya mismo serémos obligados a tomar practico para entrar en el amarre, ya que todo de la marina mercante se está extrapolando a nuestro deporte. Y otro montó de burradas. Ya de España me lo creo todo si es malo. Un saludo. |
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#2
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Efectivamente un barco de recreo no es un mercante !! Es muy muy sencillo y fácil el que tiene la titulación es el que tiene q patronear la embarcación, y ni la señora ni el vecino ni el hijo....es el Capitán o Patrón q para éso se sacó la titulación correspondiente. Aki ésto no es la mercante dónde el Capitán se va a tomar café y un habilitado asume de timonel !! Si es sancionable....pero yo en mi caso procederia a dar un aviso o un toque, tampoco es aki te piyo aki te mato. Éso sí, la última palabra la tiene la Capitania Maritima que la que impone la sanción correspondiente !!
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#3
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Cita:
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#4
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Hola Keith
Quizás me equivoque pero por lo mismo que a nadie se le ocurre buscar la norma donde se prohíbe que una persona sin carnet pueda ser autorizada por otra con carnet dentro del mismo coche a conducir, en los barcos debería ser igual. En este caso no tiene sentido mostrar la base jurídica de que no se puede, hay que mostrar donde dice que sí se puede, que alquilen lego en barcos puede ser autorizado por un patrón para tomar el timón. La idea extendida de que un pasajero autorizado por el patrón puede llevar el timón de un barco deportivo no tiene ninguna base lógica ni creo que jurídica, quizás me equivoque pero me atrevería a decir que es una leyendas de puerto sacada de varias verdades a medias de la náutica profesional. Si alquilen tiene que colgar defensas, aclarar los cabos del piano o pisar el botón de arriado de del ancha, ese alguien deberá ser cualquiera menos el patrón, el patrón necesita estar al timón y a la máquina para evitar abordajes y en caso de siniestro asumir la responsabilidad. |
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#5
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Esto es el típico culebrón de verano, ¿verdad?
Se zanja rápido el tema: como dices que fue un amigo tuyo, le preguntas que si le ha llegado la sanción y en qué términos. Como te responderá que no, lo demás solo sirve como conversación de barra de taberna. Por cierto, Patrón no es conductor ni piloto ni gobernante. Saludos.
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. Si navegas con niños o tienes un Ro 300 o un Fortuna 9, la web de mi barco te puede gustar. |
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#6
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A veces parece que hablamos más de lo que se puede o no se puede hacer legalmente que de navegar.
La Ley dice que los títulos de recreo habilitan para el "gobierno" de embarcaciones. A pesar de que al principio del texto legislativo hay un apartado de definiciones, no se define la palabra "gobierno". Fantástico. A lo mejor esta palabra viene definida en alguno de los libros de texto usados en las enseñanzas náuticas, pero yo (que soy un iletrado en este aspecto) lo desconozco. Ahora bien, un piloto automático ¿"gobierna" o no? Si se puede poner un piloto automático a la caña, también se podrá poner una persona, ¿no? A lo mejor lo que está prohibido es navegar en solitario.... ![]() No brindo, que ya suficientemente espesa está la cosa. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a biker62 | ||
llenyalfoc (18-08-2013) | ||
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#7
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Hola,
Desde mi punto de vista opino que llevar el timón, que lo lleve el piloto automático o que lo haga otro no importa mientras no pase nada. El problema es si ocurre algo y el seguro y los jueces pregunta quien llevaba el timón y por qué. En el supuesto de que una motora o velero navegando en el atardecer le pase por encima a un bañista la pregunta sería: ¿Es lo mismo o es diferente a efectos penales que el patrón estuviese al timón que si estuviese un tercero, con el patrón embarcado, y sin el título correspondiente? Yo creo que es muy diferente. |
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#8
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Y es que yo creo que se idealiza mucho esto de llevar el timon.... gobernar un barco es mucho mas que llevar el timon... de hecho para mi, es de las cosas , no dire menores, pero no de las mas relevantes a la hora de gobernar un barco. La comparativa con un coche no vale, porque circular con un coche, ademas de ser muchisimo mas peligroso (un choque frontal es peligrosisimo), obliga a conocer las multiples señales de trafico, las preferencias de paso (en la nautica tambien, pero te las puede indicar el patron), etc. Ademas, te puedo decir, que a mi en los tres titulos nauticos que saque, nadie me dijo que en la nautica de recreo, la caña la debe llevar alguien con titulación. Ni tan siquiera dentro de puerto. Puede que este equivocado, ¿eh?... pero a mi desde luego no me lo contaron. Estaria bien aclararlo definitivamente Saludos ![]() Editado por Keith11 en 18-08-2013 a las 22:05. |
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#9
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Hola Keith,
No me expliqué bien me refiero a efectos de responsabilidad en caso abordaje. Yo también comparto que todos son capaces de llevar el timón. Como comenté antes el timón no es el bastón de mando en los mercantes, no lo suelen tocar los oficiales, menos aun el capitán, ellos están comunicándose con diferentes partes del barco y directamente con el timonel pero no se mueven del puente, pero, aun así, el que lleva el timón tiene cualificación para ello. En la náutica de recreo es diferente, quien lleva el timón se considera que es el "Capitán". ¿No es cierto que a casi todos nos gusta salir y entrar de la marina llevándolo, pero a media milla ya lo puede llevar otro? ![]() |
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#10
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#11
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El problema es que "conducir un coche" es un concepto muy claro y "gobernar un barco" ya no lo es tanto. ![]() Editado por biker62 en 19-08-2013 a las 09:11. |
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#12
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Re: Dudas legislativas Hola cofrades contare mi experiencia que si bien fue hace varios años , no creo que haya cambiado. Tenia una lancha de 6mts. y la llevaba yo , cuando me para la guardia civil y me pide el titulo , no lo tenia en el barco. Cuando estan a punto de empapelarme mi hija dice :¡ Papa , yo tengo mi titulo ! A lo que contesto : ¡ Calla hija ! El guardia civil la escucho y dijo : ¡ Muestreme el titulo por favor ! LO miro , nos lo devolvio junto con el resto de la documentacion y me dijo : ¡ Disculpe las molestias ! A lo que pregunte : ¡ que ha pasado ! GC : ¡ Si hay en la embarcacion una persona con titulo , puede llevarla otra sin titulo ! Yo en esa epoca no tenia ni idea que esto podia ser asi. No se si esto a cambiado o si entrando en puerto es diferente. Un saludo Calama. Es el mensaje Nº14 . Creeis que me lo he inventado ? Un saludo ![]() Calama.
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#13
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)Mientras que como otros han dicho la conduccion de un coche tiene unos requerimientos especificos que hacen que el conductor pueda comenzar y terminar su actividad en solitario (no hay que soltar el volante para encender los intermitentes,...) el atraque de un barco es bastante peculiar. En los atraques llevo la rueda pero mas de una vez me hubiera gustado multiplicarme porque hubiera podido saltar a tierra con mas rapidez que mi almiranta o hubiera tenido mas fuerza para manejar el barco desde el pantalan que ella (que no tiene titulacion). A bordo, como patron, soy el responsable de TODO pero ello hace que posiblemente a veces el lugar mas util no sea la rueda. Desgraciadamente la legislacion es poco clara ![]() ![]() ![]() |
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#14
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El capitan o patron de un barco es el responsable de todo lo que ocurre y por tanto de dirigir las maniobras, rumbo, etc. Se tiene en mente y se confunde la comparar llevar un ciche con un barco, que nada tiene que ver. Llevar alguien al timon como marinero o marinera, alguien a las velas, alguien oteando y el patron o capitan estudiando la carta y determinando el rumbo...no le suena a nadie? Y esa situación no puede en ningún sentido compararse con llevar un coche.
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#15
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El Capitán Marítimo de Barcelona me dijo textualmente que no es necesario que quien gobierna la embarcación y por tanto lleva el título sea el que esté en la caña.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Salat | ||
agb (22-08-2013) | ||
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