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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() ![]() un barco de 20m le salia mas barato hacerse remolcar que su propio gasoil todo esto sin satisfacer los gastos de SM por mi parte estoy intentando que las empresas locales de cruseros diurnos se impliquen con unos costes accesibles por su proccimidad serian mas economicos si les dieran el trabajo a ellos asegurado tendriamos que implicar a SM y las conellerias en coordinar mediante las costeras ya beremos si lo consigo quien tenga ideas y ganas de colaborar mallorca@anavre.org ![]() ![]() ![]() ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a pipe | ||
vivipatata (14-09-2013) | ||
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#2
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Joer como está el patio...
![]() Antes teniamos miedo a naufragar o quedarnos a la deriva en alta mar, ahora tenemos casi mas miedo a que vengan a rescatarnos. ![]() |
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#3
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Que me perdonen los cofrades pero no tengo tan claro que esas sean las tarifas a aplicar. La ley parece más encaminadas a cobrar por todo el tema ambiental, estudios,... Es decir a sangrar más a entidades y responsables de contaminación que a otra cosa.
En el artículo 2 de la ley aparecen las actividades excluidas. Cito: Artículo 2. Actividades excluidas. Quedan excluidas de lo dispuesto en esta orden las contraprestaciones derivadas de las actividades desarrolladas por SASEMAR consistentes en: – Las actuaciones que constituyan prestación del servicio público de salvamento de la vida humana en la mar. – Las actividades de control y ayuda al tráfico marítimo en las áreas marítimas sometidas a especial regulación y en las zonas cubiertas por dispositivos de separación del tráfico marítimo. – Las actividades de apoyo y asesoramiento a la Administración marítima y a otras Administraciones Públicas. – Las operaciones de salvamento de bienes que se rigen de acuerdo con lo establecido por el Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo de 1989 y por la Ley 60/1992, de 24 de diciembre, sobre auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimas, así como por cualquier otra norma del mismo rango que sustituya a las citadas. – Las actividades de formación, docencia, ensayos y homologación delegadas por la Administración marítima, que se regirán por la legislación que le sea de aplicación. Entiendo que en caso de búsqueda de un naufrago o embarcación desaparecida no se aplicarían las tarifas de esta ley. ![]() |
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#4
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Las tarifas son esas. Para un 12 metros remolque 1050€ y no le deis más vueltas. Lo único que no cobran es salvamento de personas.
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#5
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Y eso último, con ciertos matices.
SM cobra la evacuación sanitaria de personas. ![]()
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