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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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mi telefono es
608 824 457 llamame , entre nick , nombre real y nombre de barcos , tengo tantos Mail que me es difícil buscar quien es quien hasta que tengáis un dossier abierto .... ![]() |
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#2
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Hola buenas noches y venga una buena ronda de ron, mejor si es de Canarias.
![]() A los gurús del tema y en especial al cofrade Vertijean. Se me plantea un caso algo especial, como casi todos los casos raros para matricular. Me explico.... barco comprado en subasta publica, tras ser declarado en abandono por parte de la Autoridad Portuaria. Se desconoce, matricula, ni bandera, ni ninguna referencia de antiguos propietarios, escalas en otros puertos antes de recalar finalmente en este, pais de origen. En fin nada de nada. Hice una consulta para matricular en Bélgica, ya es sabido, por lo tanto que se ha repetido en este post y en otros, que piden contrato-compra venta, DNI, pago del impuesto IEDMT, BAJADA DE BANDERA del país de origen.... lo pongo en mayúsculas, porque en este punto quiero centrar mis dudas. Sin la baja de Bandera en país de origen... no hay nada que hacer, eso me dijeron. En Capitanía, me remiten al BOE nº269 RD1435/2010 de 5 Noviembre en su articulo 10. Donde hace mención especial y trato diferenciado a barcos procedentes de Subasta Publica y Hallazgos. Al final me dicen, que tengo que contactar con una Sociedad Calificadora tipo Eurocontrol, Bureau Veritas, etc para pedirle un Proyecto, Certificado Post-Construcción Sin Marcado CE. Y con esto y una Declaración Jurada, alegando que se desconoce todo origen del barco, anteriores propietarios etc al estar el barco en abandono y comprado en subasta publica. Ya puedo matricular el barco.... MI PREGUNTA, ANTES DE CONTACTAR CON UNA SOCIEDAD CALIFICADORA PARA PEDIR EL CERTIFICADO ESTE Y GASTARME UN DINERO.... PODRÍA HACER ESTO MISMO, ME REFIERO A UNA DECLARACIÓN JURADA ANTE NOTARIO ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN Y SUBASTA PUBLICA, DIRECTAMENTE Y ABANDERAR EN BÉLGICA??????? Cordiales Saludos. Chinijo FRA-827 TXINIJO
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Saludos Carlos Martinez. canariaswaypoint canariaswaypoint@hotmail.com http://canariaswaypoint.weebly.com/ |
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#3
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Yo que tú, cumplimentaría el formulario, les enviaría copia de toda la documentación, debidamente traducida, y la declaración jurada (en primera instancia ni siquiera notarial), y les haría la transferencia de los 50€. A partir de ahí, a ver que te responden.
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#4
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ATENCIÓN. ASUNTO DE GRAN INTERÉS
Os adjunto documento que ha aparecido en un hilo sobre multas. Mencionan una sanción de caracter grave, por importe de 1.000€, emitida por la Capitanía Marítima de Barcelona, a instancias de la Guardia Civil, por navegar en el puerto de Barcelona con bandera extranjera (no espefican cual) y no acreditar la titulación necesaria. Adjunto enlace a la resolución oficial: https://seuelectronica.palma.es/port.../0_70349_1.pdf ¿Qué os parece? Habría que saber el país de abanderamiento, ¿pero cómo pueden sancionar sin conocer la normativa de dicho pabellón?
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#5
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a mi lo que me parese es que no es una sanción si no una propuesta a la cual se tiene 15 dias para alegar , por una parte , por otra parte , como se reconoce que se trata de una bandera extranjera , el derecho Español en materia de titulación no es aplicable , eso por una parte .
por otra parte como no se sabe precisar de que bandera se trata , pues al haber imprecisión en el motivo de la sanción no puede ser recibida a tramite ... , o sea que lo agentes se han columpiado y que esta denuncia se va a archivar por defecto de forma . ![]() |
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#6
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Pues no da esa sensación. Ten en cuenta que se la envían al ayuntamiento para su publicación en el tablón de anuncios con lo que en principio es firme salvo que el implicado realice alegaciones. Ahora bien, si no se entera o no las hace, me temo que tendrá que pasar por caja sin remedio.
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