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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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ATENCIÓN. ASUNTO DE GRAN INTERÉS
Os adjunto documento que ha aparecido en un hilo sobre multas. Mencionan una sanción de caracter grave, por importe de 1.000€, emitida por la Capitanía Marítima de Barcelona, a instancias de la Guardia Civil, por navegar en el puerto de Barcelona con bandera extranjera (no espefican cual) y no acreditar la titulación necesaria. Adjunto enlace a la resolución oficial: https://seuelectronica.palma.es/port.../0_70349_1.pdf ¿Qué os parece? Habría que saber el país de abanderamiento, ¿pero cómo pueden sancionar sin conocer la normativa de dicho pabellón?
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#2
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a mi lo que me parese es que no es una sanción si no una propuesta a la cual se tiene 15 dias para alegar , por una parte , por otra parte , como se reconoce que se trata de una bandera extranjera , el derecho Español en materia de titulación no es aplicable , eso por una parte .
por otra parte como no se sabe precisar de que bandera se trata , pues al haber imprecisión en el motivo de la sanción no puede ser recibida a tramite ... , o sea que lo agentes se han columpiado y que esta denuncia se va a archivar por defecto de forma . ![]() |
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#3
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Pues no da esa sensación. Ten en cuenta que se la envían al ayuntamiento para su publicación en el tablón de anuncios con lo que en principio es firme salvo que el implicado realice alegaciones. Ahora bien, si no se entera o no las hace, me temo que tendrá que pasar por caja sin remedio.
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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