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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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A los buenos días.
Si todo esto se confirma, me alegro por las nuevas atribuciones para PNB,PER y PY, pero por ningún sitio he visto modificaciones en el sentido de acercar la actual legislación a la normativa europea. Estoy equivocado o se mantiene la obligación de revisión, anual de balsas, radiobalizas, etc. que nada tiene que ver con la situación en Europa?. Si estoy en lo cierto, las únicas ventajas que veo, en las posibles nuevas atribuciones, son para las empresas que se dedican a las revisiones, venta de balsas,etc. Imagino que en estos momentos, hay muchos armadores con el título PER con barcos despachados para zona 4 (por aquello del coste de equipamento y revisiones del barco en cuestión) y que con la posibilidad de cruzar a las islas empezarán a pensar en equipar su barco para zona 2. Cuando empiecen a sufrir el coste que supone equiparlo y hacer las revisiones anuales pertinentes, seguro que más de uno y de dos, vuelven a zona 4. El título me permite ir a Baleares, pero el bolsillo me dice que no. Si estas modificaciones son un primer paso para acercarnos a la normativa europea, me parece muy bien. Si se queda sólo ahí . MUCHO RUIDO Y POCAS NUECES!!!!!! En todo caso unas ![]() y felicidades a los a los afectados. |
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