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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola cris. Nececitas contrato de compraventa del auxiliar en el que se refleje el nímero de serie, datos del comparador y vendedor e importe de la venta.
Con eso y un impreso oficial (el 620 si no recuerdo mal) te vas ha hacienda, pagas el 6% del importe del motor ( almenos en Alicante es ese porcentaje), te sellan el impreso y ya eres legal para la Guardia Civil. Como te decían antes los auxiliares ya no se reflejan en la hoja de asiento. Lo del seguro lo desconosco, pero yo puse un auxiliar y no les dije nada, pienso que que una variación en la potencia del principal si hay que comunicarla, pero un auxiliar es aumentar la seguridad. ![]() |
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chris (17-11-2013) | ||
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#2
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Con modificar el contrato de compra-venta del barco en el sentido de que conste en él el motor auxiliar y su número de serie, sería suficiente. Por supuesto de mutuo acuerdo con el vendedor.
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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chris (17-11-2013) | ||
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