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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Vamos a intentar ser constructivos, dejemos este chat solo para reivindicaciones que deban llegar a la DGMM. Confiemos en su buen hacer.....
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#2
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El titulo que sale menos beneficiado en tema cambio de atribuciones es el PNB en mi opinión dado que si con el la autorización federativa se quita la limitación de 50 cv e incluso sin titulación puedes navegar a 5 millas de un refugio o playa. La ventajas son muy pocas respecto a la autorización federativa.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a copino83 | ||
navegante 2007 (26-11-2013) | ||
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#3
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Cita:
DE LOCOS.... |
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#4
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![]() ![]() ¿Qué opináis de este párrafo de la... "Disposición adicional novena. Canje de títulos. ------------ ------------ Para poder gobernar embarcaciones de recreo con las nuevas atribuciones sin solicitar la expedición de un nuevo título, será necesario que los titulares de las mismas, porten adicionalmente, la titulación de marinero de puente o marinero de máquinas para justificar esta condición". ¿Véis claro lo que pretenden hacer con los títulos actuales y su canje? Hay que estudiar este borrador con detenimiento. Saludos |
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#5
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Cita:
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#6
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Estoy de acuerdo con vosotros que para el PNB se podian haber estirado un poco más, pracicamente lo han dejado igual. Un saludo y ![]() |
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#7
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Yo, lo que creo que debería alegarse con un poco mas de vehemencia es lo que realmente nos cuesta esto todos los años y me explico, mucho se habla de las titulaciones y no dudo que es importante y hay a muchas personas que les preocupa y les afecta, pero aquí no se habla de las itb que en Otas legislaciones no existen y esto es dinero cada dos por tres, ni tampoco se habla de los despachos de nuestros barcos, que un vecino belga con el mismo que tu puede ir donde quiera y tu no puedes salir de "entre cabos" pues si cofrades de esto me gustaría k se hablase , de lo que nos cuesta dinero y nos amarga día a día
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#8
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Deberían homologar con los títulos españoles el título de operador restringido de radio. Los conocimientos son los mismos. Te los valida la Administración. Pero no puedes mostrar tu título de operador en el extranjero (por ejemplo si alquilas una embarcación)
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