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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Muy buen apunte Nelson, muchas gracias
![]() De todas formas la embarcación en la que estoy pensando seria de menos de 8 mts, por lo que estaria exenta del impuesto de matriculación, en cuyo caso, entiendo que no habria problema. Correjidme si me equivoco. saaalut ![]() |
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#2
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Unos tragos para la parroquia
![]() ![]() Al parecer si se puede alquilar la embarcación plaza a plaza, lo que no me queda claro es si se tendria que hacer un contrato por persona, uno con todas las personas o se podrian dar tiquets ![]() Todo esto siendo lista sexta y despachado para alquiler. A ver que opinais los expertos. saaalut ![]() |
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#3
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![]() ![]() Buenas, yo tengo el barco en lista 6ª y está como charter,menos de 12 pax, más de 12 pax buque de pasaje tanto puede ser lista 6ª, 5ª (tráfico interior) según capitanía. No se puede vender plaza a plaza tienes que hacer contrato del flete del barco, Eso es lo que yo tengo entendido y es como lo estoy haciendo. Soy profesional y voy embarcadoEspero haber resuelto tus dudas, pero por si acaso infórmate tanto en capitanía como con la Agencia Tributaria. ![]() |
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#4
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Unos tragos de aguardiente
![]() ![]() Gracias Tytan por tu respuesta, siempre es de agradecer la opinión de primera mano. He encontrado esto en una publicación de Náutica Legal: "De forma amplia, podemos definir como charter náutico aquella actividad por la cual se ofrecen embarcaciones de recreo en alquiler, sea la embarcación completa o sea una plaza en una embarcación. En el primer caso puede ser el alquiler proporcionando patrón o no. Cuando se trata de un alquiler plaza por plaza, debemos de dejarlo claramente diferenciado del contrato de pasaje. En este, la persona embarca con el solo objeto de que la transporten desde un lugar a otro por vía marítima. En el charter por plaza, si bien la persona que alquila no obtiene el mando de la embarcación, el objeto del contrato es la propia navegación, y no el transporte. Aunque pueda perecer un asunto banal, es muy importante, ya que el contrato de pasaje tiene una regulación especifica que hay que separ del charter." El texto completo lo podeis encontrar aquí: http://www.nauticalegal.com/es/artic...n-para-charter Según esto si que hay diferencia entre el pasaje y el alquiler plaza a plaza, a parte del nº de plazas (que no podran ser más de 12). Que os parece? saaalut ![]() Editado por escateret en 28-11-2013 a las 17:03. |
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