Cita:
Originalmente publicado por cinicus57
Juburgui:
La LEB, en su apartado "Titular de la licencia", las Capitanías lo dejan en blanco, ya que cómo he dicho esta licencia sólo afecta al barco.
Pero, ya sabes el refrán,: "El que pregunta se queda de guardia", así que cómo preguntes, me teo que te clavarán otros X euros, por darte un papelito nuevo.
Tú verás.
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Pues en la mía consta mi nombre como titular.
Así, por aplicación del art. 7 apartados 3 y 4 del Reglamento, cuando se transmite la propiedad del barco hay que expedir una nueva licencia.
Que no hacerlo no tenga consecuencias o que la norma no tenga sentido porque la estación es del barco es otra cosa...
Un saludo