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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
De Gandía a Ibiza, 58 millas No se si hay tiburones come-per, pero tragamillas a montones ![]() ![]() |
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#2
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Yo creo que el yate seguirá siendo interesante en el sentido que el PER te permitiría como mucho baleares,
DE todas formas, va a hacer 9 meses que propusieron la reforma, tienen parado a medio sector náutico esperando a ver lo que se resuelve y aquí nadie suelta prenda. Mi opinión es que posiblemente no se haga nada, la DGMM ha demostrado una absoluta ineficacia en este asunto, hay varios chat en los que se pretende culpabilizar a academias, asociaciones y varios entes del retraso de la reforma. Lo que veo evidente es que en septiembre esa reforma fue anunciada a bombo y platillo por el director general, vamos a entrar en el mes de marzo y solo hay un borrador encima de la mesa y murmulleo, el 2014 esta pasado. la temporada náutica, empieza en mayo - junio y ya no daría tiempo con ninguna de las pruebas actuales a poder sacar el "nuevo titulo" para este verano. Tengo entendido que hace dos años ocurrió algo parecido, y al final no se llego a nada. Quedara como que no se ha hecho nada por el resto de agentes y al final nada, estudia y prepárate lo que hay, yo perdi tres meses esperando ... |
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#3
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Aqui un compañero a puesto un post que lo explica bastante bien para aquellos que tengais dudas
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=121185&page=2 |
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#4
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Cita:
![]() ![]() yo es que las islas... como los semáforos... todos son iguales Ibiza-Mallorca me venía a referir![]() ![]()
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Sin tí, el tiempo es "empo".
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#5
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a esto me refería yo... no Gandía sino Javea y llegando a es Vedrá (es tierra no?)
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#6
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y esta mi menorca ibicenza! ...
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#7
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45 millas en ambos casos
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#8
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Alguien sabe algo de esto?
5.¿Qué requisitos deben tener los patrones que naveguen con banderas de otros países? Para dar respuesta al movimiento que ha habido de embarcaciones abanderadas en España y que ahora han optado por abanderarse en otros países vecinos (como el registro belga especialmente), la propuesta de Orden Ministerial establece que toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros países, que navegue por aguas españolas deberán estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. En este sentido, se exigirá la titulación correspondiente al Estado cuyo pabellón enarbole la embarcación; en su defecto la de la nacionalidad de la persona o, en último caso, la española correspondiente. Por otra parte, con el título de Patrón de Navegación Básica (PNB) se amplía la eslora para navegar con este título, que permitirá gobernar embarcaciones a motor hasta ocho metros (actualmente es hasta 7,5 metros) y motos de agua, con la potencia adecuada a la misma, y hasta cinco millas náuticas de la costa. |
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#9
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No creo que nadie sepa nada; está todo en el aire, mientras no se apruebe la reforma.
A esperar. Un saludo y ![]() |
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#10
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Cita:
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#11
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Lo imaginaba, pero no queria dejar escapar la ocasión
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#12
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yo os recomendaria meteros en el post de carajolavela. Esta bastante bien explicado todo la verdad y contesta a las dudas de los compañeros.
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