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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Este tributo está cedido a las haciendas autonómicas, es decir, a liquidar el impuesto en la autonomía del sujeto pasivo, es decir el comprador. El tipo es el 4 % del valor de compra (p.ejemplo en Aragón han desaparecido las tablas de valoración) las tablas desconozco si se aplican en otras comunidades, pero mi embarcación por ejemplo no aparece en estas... con lo que a liquidar el impreso 620 (autoliquidación con el contrato de compraventa) sellito y a capitanía... allí a presentarlo junto con el certificado de navegabilidad, (con la itb en vigor o en su defecto la hojita del órgano inspector) el certificado de registro de buques, la hoja de asiento, Y EL SEGURO EN VIGOR. Se rellena el impreso de cambio de nombre y se pagan 12 euros de tasa y otros setenta y pico por la emisión del nuevo certificado de navegab. a tu nombre y chimpún. Creo que las tasas son esas hasta los 24 ms. Si en capitanía se dan caña, en una semana tienes todo... he oído de algunas que tardan meses... SUERTE
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ship iron | ||
Manelaudaz (13-02-2014) | ||
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#2
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Tengo una duda, mi barco viene en la lista con la tasación a 2014 y con un motor incluido. En la otra hoja veo que hay que valorar casco y motor por separado y aplicar el coeficiente por la antiguedad. ?entiendo que es asi o debo de partir del valor que pone en la tabla¿
Ejemplo la tabla pone para Rodman 800 Fly .. valor 2014 .....52.300 euros ?Está incluido aquí el motor¿ si no es así me parece exagerada la valoración si sumas a esto 240 CV de la valoración de los motores en la otra tabla y sube un pico. (ejemplo para un barco del 2014) Nuevamente gracias
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Saludos Editado por Manelaudaz en 13-02-2014 a las 00:52. Razón: Incluir mas datos |
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#3
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Buenos días.
Hace pocos dias hice el cambio de titularidad de mi barco. Los pasos son los siguientes: 1- Rellenar el Formulario 620 que se puede descargar de aquí. En valor de la operación, debes poner el que figure en el contrato de CV. Si tu barco aparece en las tablas del BOE, pues se te aplicará este valor para el cálculo del impuesto si es superior al del contrato, por el contrario, se aplicará el valor del contrato de CV si tu barco no está en el BOE o si el monto que figura en el contrato es superior al del BOE. En Cataluña, el Impuesto de Transmisión es el 5% del bien!!! ![]() 2- Rellenas el formulario de Transferencia de Propiedad de embarcaciones, que lo puedes descargar de aquí. 3- Pagas el formulario 620 en el banco. 4- Sacas fotocopia del contrato de CV (no es cierto que no se necesita si es entre particulares, ya que es lo primero que te piden), fotocopia de tu DNI, fotocopia del DNI del vendedor, fotocopia de la hoja de asiento y fotocopia del Certificado de Navegabilidad (a mi no me la han pedido, pero quien sabe?) y lo presentas en la Delegación la Agencia Tributaria de tu Comunidad. En caso de Cataluña, calle Fontanella 6-8. Allí te sellarán todas las fotocopias. 5- Compras en un estanco, un formulario 790/025 o lo llenas y descargas desde aquí. Asegúrate el valor de las tasas llamando a Capitanía porque cambian año a año. 6- Ahora sí, con la documentación sellada y el 790/025 pagado, te vasa a Capitanía y terminas el trámite. Nota: En Capitanía no me han pedido NINGÚN papel del barco. Sólo el contrato sellado por Hacienda, formulario de Transferencia de Propiedad de Embarcaciones, copias de DNI y la hoja de asiento, nada más. Según me ha comentado el administrativo, antes pedían muchos papeles más. En resumen, 2 horas de trámites y la satisfacción de realizarlo tu mismo. |
| 4 Cofrades agradecieron a doctaton este mensaje: | ||
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#4
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Cada Comunidad Autónoma fija la cuantía del porcentaje. En la comunidad Valenciana hemos pasado del 4% hasta el 10%. No
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Christian | ||
Manelaudaz (13-02-2014) | ||
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#5
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en Galicia el 1% para registrarlo mas unos 15-17 euros de taxas en capitania.
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| 2 Cofrades agradecieron a franrisas este mensaje: | ||
Lupas (27-09-2018), Manelaudaz (13-02-2014) | ||
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#6
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Cita:
el ejemplo que ud pone es si esa rodman se comprara nueva en 2014, pero ud tiene que mirar de que año es esa rodman, y tomar el valor de ese año, eso para el barco, y despues hay que tomar el valor del motor tambien segun su años, ( eso es lo que dice las tablas ) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a | ||
Manelaudaz (13-02-2014) | ||
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#7
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Cita:
Manelaudaz y resto de cofradesEse precio corresponde sólo al casco. Calcula por un lado el valor del casco con la depreciación por los años y por el otro el del motor. El ITP varía según la comunidad, como ya te han comentado por aquí. Recuerda que en Hacienda te sellen el contrato y adjuntar la liquidación de la Transmisión Patrimonial cuando hagas el cambio de titularidad. Solía ser un trámite de una semana, pero eso era antes...ahora, por lo menos en Barcelona, no bajan del mes. Un saludo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a GestoriaGuiral | ||
Manelaudaz (17-02-2014) | ||
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#8
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Cita:
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