La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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  #1  
Antiguo 19-02-2014, 17:35
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

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La disposición adicional quinta es perfectamente legal, creo que tus abogados tienen bastante poca idea de derecho marítimo internacional
No empecemos...

Al menos, no sin contestar a los posts que tienes pendientes sobre la Convencion Internacional de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
4. En resumen, tu teoría de que el Estado español puede regular los titulos de los barcos belgas porque no estan en paso inocente requeriria un argumento coherente:
- Que los articulos 17 y 18 de la Convencion establecen los limites del paso inocente.
- Y que el articulo XX de la Convencion establece que "en caso de que un barco extranjero recale en aguas de un Estado ribereño de forma que no exceda los limites del paso inocente, quedara sometido a la legislacion y jurisdiccion de dicho Estado ribereño". Tu problema es que ese articulo XX no existe.
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Ya entiendo. Como en el otro hilo. Haces una distincion entra paso inocente y otro tipo de uso mas intensivo de las aguas (como el que harian los barcos extranjeros con base en puertos del Estado español). El problema es que ese uso no existe en la Convemar. No esta previsto. Y donde la Ley no distingue, no se puede distinguir.

Como te dije en el otro hilo:

Busca ese articulo XX de la Convencion. Y, si lo encuentras, te doy la razon.
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Que tal, Whitecast, ¿encuentras algun articulo de la Convencion de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar que permita exigir un titulo a los patrones de barcos extranjeros en aguas jurisdiccionales del Estado español?
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  #2  
Antiguo 19-02-2014, 17:40
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

Ok lo dejo.... al final el único que dará y quitará la razón será el tiempo.

Aunque coincido con el legislador en que no me gustaría ver al típico energúmeno sin ningún título (sea español , inglés....) haciendo el loco con una embarcación de tropocientos caballos. Yo me sentiré más seguro si se le aplica el mismo rasero a todos.... es decir un título que demuestre que al menos se ha leído el RIPA
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Jadarvi (19-02-2014)
  #3  
Antiguo 19-02-2014, 20:00
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

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Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
Ok lo dejo.... al final el único que dará y quitará la razón será el tiempo.

Aunque coincido con el legislador en que no me gustaría ver al típico energúmeno sin ningún título (sea español , inglés....) haciendo el loco con una embarcación de tropocientos caballos. Yo me sentiré más seguro si se le aplica el mismo rasero a todos.... es decir un título que demuestre que al menos se ha leído el RIPA
Coincido casi totalmente con lo que dices.

De todas formas, el energumeno que vaya a tropecientos por donde no debe, o que vaya sin luces, o que infrinja el RIPA, o que no respete las zonas de baño, ni los dispositivos de trafico, etc. no se librara por el hecho de tener la bandera de donde sea o tener o no titulo. De hecho, segun cual sea la infraccion, espero que le caiga una buena, buena multa. Y, si puede, ser que tenga que vender el barco para pagarla.

En fin, dejemos que siga la recopilacion de multas, que es un tema interesante.
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Jadarvi (19-02-2014)
  #4  
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

Pues yo, saliéndome de los temas universitarios y, viendo lo de la multa descomunal por llevar las bengalas caducadas, me he acercado hoy a mi barco, he cogido mis bengalas y... estaban caducadas en Mayo de 2013. Rápidamente he comprado unas nuevas y las viejas, supuestamente, antes las cogían en la tienda. Ahora me pedían 2€ por cada bengala para ellos reciclarla. Con las mismas, las he cogido y me las he llevado. No sé qué hacer con ellas: regalárselas a alguno que trabaje con pirotecnia, usarlas en la Noche de San Juan, ...


Editado por MrJohnson3,3 en 19-02-2014 a las 21:04.
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  #5  
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...alas+caducadas

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...light=bengalas


Editado por MrJohnson3,3 en 19-02-2014 a las 21:04.
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  #6  
Antiguo 19-02-2014, 20:54
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

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Ok lo dejo.... al final el único que dará y quitará la razón será el tiempo.

Aunque coincido con el legislador en que no me gustaría ver al típico energúmeno sin ningún título (sea español , inglés....) haciendo el loco con una embarcación de tropocientos caballos. Yo me sentiré más seguro si se le aplica el mismo rasero a todos.... es decir un título que demuestre que al menos se ha leído el RIPA

Y yo coincido contigo en que no me gusta ver a nadie haciendo el loco con una embarcación ... y de esos hay muchos, con y sin titulación ... no es un tema de titulación, es un tema de consciencia y respeto a los demás, y el que no tiene respeto tampoco suele ser especialmente consciente de los peligros y molestias que ocasiona.

Creo que, en estos casos, el problema no es la titulación o la falta de ella, sino la prepotencia, la pereza, la ignorancia ... etc ... ¿Acaso no hemos visto nunca a un tipo que puede ser PNB, PER, PY, CT, Ocen Master o lo que quieras haciendo el capullo? ¿Cuántas veces no he leído yo en esta misma taberna anécdotas sobre gente que no te respeta el borneo en fondeaderos, los que parece que no tienen claro quien tiene preferencia, y aquí podemos incluir miles de historias sobre cuasi abordajes a barcos de recreo por parte de "profesionales", casos que incluso algunos han defendido diciendo que ellos están trabajando y el que va en un barco de recreo no, etc ...

En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco.

Y sigamos con el tema de los multazos, si me entero de alguno más interesante, lo iré exponiendo por aquí.

salud!!!
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Tupac A. (19-02-2014)
  #7  
Antiguo 19-02-2014, 22:02
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

"En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco".

¿Y cómo se puede conseguir que la gente tenga capacidad real de llevar un barco?


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  #8  
Antiguo 19-02-2014, 22:16
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Predeterminado Re: Multas A Embarcaciones De Recreo

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"En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco".

¿Y cómo se puede conseguir que la gente tenga capacidad real de llevar un barco?


Haciéndoles navegar .. has visto alguna vez un examen de la RYA? ... Suelen ser bastante serios, y lo que hacen es llevarte a navegar, asegurarse de que sabes fondear adecuadamente, de que sabes maniobrar adecuadamente, de que sabes izar las velas, tomar rizos, de que sabes dar instrucciones a la tripulación, haciéndote un examen teórico y práctico a bordo de un barco ... y, ya que están, antes de darte el título te exigen que acredites haber navegado una serie de millas en determinadas condiciones ... incluyendo travesías como tripulante y como patrón, navegación nocturna y navegación en aguas con mareas ... de hecho esos requisitos lo son de modo previo, es decir, que si no lo acreditas no te examinan.

Es un ejemplo que se me ocurre ... igual hay más .. sabes cuál es la diferencia? En que aquí, cuando teníamos días de mar, te enrolabas en el barco de un amigo, y te descontaban un porcentaje de los días transcurridos entendiendo que esos días no habías navegado .. así al final, con un par de meses de estar enrolado y una fotocopia compulsada del rol te daban por buenas las prácticas, aunque no hubieses navegado ni un día. Los de la RYA te exigen una declaración jurada, y mejor si tienes testimonios documentales de esa experiencia .. y, si mientes, se considera un delito .. igualito que aquí, no crees?

En fin, esperemos que algún día la gente entienda que las titulaciones deberían de ser para aprender, y no para tener un carnet que te deje hacer no sé qué ..

salud!!!
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  #9  
Antiguo 19-02-2014, 23:11
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Gracias por la respuesta.

Dices: "Haciéndoles navegar..."

Eso es seguro. Si se les hace navegar aprenderán. En otros casos está probado.

Pero parece haber muchos que no quieren que les obliguen a nada. "Como en Francia, Reino Unido y muchos otros países". Eso dicen.

Y se quejan de que es "caro"

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  #10  
Antiguo 20-02-2014, 01:08
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Gracias por la respuesta.

Dices: "Haciéndoles navegar..."

Eso es seguro. Si se les hace navegar aprenderán. En otros casos está probado.

Pero parece haber muchos que no quieren que les obliguen a nada. "Como en Francia, Reino Unido y muchos otros países". Eso dicen.

Y se quejan de que es "caro"

Bueno, ya te he explicado cómo lo hacen en la RYA ... si no acreditas una serie de millas no hay examen ...

Y creo que no está mal que se exijan titulaciones, de hecho, esa es la tendencia en muchos países, lo que discutimos es si un Estado puede exigir para manejar un barco lo que no exige el país de Bandera.

Otra cosa es que el tema de las titulaciones en muchos casos parece diseñado más para cumplir con un expediente que para enseñar a navegar.

salud!!!
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  #11  
Antiguo 20-02-2014, 09:37
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"En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco".

¿Y cómo se puede conseguir que la gente tenga capacidad real de llevar un barco?


Haciendo un examen práctico, en un barco, como hacen para otorgar algunos títulos privados de prestigio internacional.
__________________
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  #12  
Antiguo 20-02-2014, 10:01
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Si el examen práctico es realmente serio y riguroso las personas necesitan navegar mucho para aprobarlo.

Todos los cofrades saben que las prácticas en España se miden por horas.
Y también saben que con muy pocas horas se cumplen las prácticas. Y a veces con trampas.
De hecho, el CY es el que más horas ha realizado. Y la normativa no le exige ni 100 horas desde PER hasta CY.

Otros navegantes miden la experiencia por días de prácticas...

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  #13  
Antiguo 20-02-2014, 10:17
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Si el examen práctico es realmente serio y riguroso las personas necesitan navegar mucho para aprobarlo.

Todos los cofrades saben que las prácticas en España se miden por horas.
Y también saben que con muy pocas horas se cumplen las prácticas. Y a veces con trampas.
De hecho, el CY es el que más horas ha realizado. Y la normativa no le exige ni 100 horas desde PER hasta CY.

Otros navegantes miden la experiencia por días de prácticas...

Por eso RYA exige un determinado número de horas, días y millas de navegación, lo puedes ver aquí: http://www.rya.org.uk/coursestrainin...s/default.aspx este enñlace te lleva al apartado de exámenes para las titulaciones RYA y muestra los distintos requisitos para cada una de ellas.

De hecho, muchas escuelas organizan los cursos de forma que parte de las millas y travesías puedan hacerse a bordo y, cuando en casos como el del Yachtmaster si uno empieza de cero, si el tiempo del curso no es suficiente, ofrecen la posibilidad de realizar travesías de calificación, ya sea en sus propios barcos, en barcos de chárter o en el propio barco del aspirante, acompañados de un instructor calificado para certificar dichas travesías.

En fin, que ahí no les van a dar gato por liebre porque, además, tienen un excelente servicio de control de calidad y auditoría de los centros autorizados, y el que se desmanda acaba perdiendo la condición de RYA training center, algo muy apreciado por sus titulares.

salud!!!
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Neska (20-02-2014)
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