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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
gracias a ti he hablado con el el Instituto náutico de Pasajes que es donde me saqué el título y me han enviado el certificado que efectivamente tiene valor internacional y el cual acredita que el poseedor del título de CY tiene capacidad de operar con UHF.Me lo han enviado por Email y ya lo tengo impreso para dejarlo en el barco. Gracias ![]()
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Dirty hans are a sing of a clean money |
| 3 Cofrades agradecieron a Mariñel este mensaje: | ||
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#2
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Si alguno necesita el documento, se lo puedo reenviar ya que es un PDF.
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| 4 Cofrades agradecieron a Mariñel este mensaje: | ||
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#3
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Pues mira que yo lo intenté sin ningun resultado, me alegro que tengas el documento y si eres tan amable y me lo envias te lo agradezco.
Salud ![]() ![]()
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La libertad es ser dueño de tu tiempo. http://www.imystic.es http://imysticblog.blogspot.com.es Socio Anavre 1148 Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241 Ex-Mysticibiza
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#4
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De todas maneras, dice el Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles
Artículo 28. Personal de radiocomunicaciones y servicios de escucha. 1. La escucha y operación del servicio radioeléctrico de una estación de buque adaptada al SMSSM podrán ser realizadas exclusivamente por las personas que dispongan de los certificados adecuados según lo especificado en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT y lo establecido en la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, u norma que la sustituya, de acuerdo a la zona o zonas por donde el buque vaya a realizar sus navegaciones. 2. En los buques que a la entrada en vigor de este reglamento no dispongan de una estación de buque adaptada al SMSSM, por no estar obligados a ello, la escucha y operación de la estación radioeléctrica podrá ser realizada por las personas que dispongan de la certificación indicada en el apartado 1, de la certificación de operador radiotelefonista o de la correspondiente titulación de recreo, según les sea de aplicación. Lo malo que el BOE está solo en español; digo a los efectos de presentarlo en el extranjero. Pero la legalidad creo que es manifiesta, el problema es de traducción legal para ser comprendido así en el país del que ser trate. ![]() |
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#5
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Buenas tardes, a los que me habéis pedido el documento ya está enviado. si hay algún problema me lo haceís saber.
Gracias y un saludo. Mariñel. ![]()
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#6
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Hola Mariñel, Sí puedes me lo mandas MP
sl2/Pjlarra |
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#7
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Enviados los documentos.
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