Compra de Embarcación cuyo propietario ha muerto
Estoy negociando la comprar de una embarcación cuyo propietario ha muerto, los herederos legales son sus hijos, pero en capitanía nos dicen que primero tiene que uno o varios de sus hijos poner la embarcación a su nombre y después vendérmela a mí.
Les comente la posibilidad de que los herederos legales me la vendan directamente sin tener que ponerla a su nombre lo que genera gastos y trámites engorrosos, pero en capitanía dicen que no es posible.
Mi pregunta es si alguien sabe si esto es así o por el contrario la información que nos dan en capitanía no es del todo correcta y se puede realizar el traspaso de la embarcación sin que sus hijos la tengan que poner a su nombre antes de venderla.
Un saludo Carril
__________________
Soñar es gratis, convertir los sueños en realidad no. Si no estas trabajando para conseguir tus sueños, lo siento, entonces estas trabajando para que otro consiga los suyos.
|