La Taberna del Puerto Sergio Ponce
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 12-04-2014, 12:05
Avatar de eanta
eanta eanta esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 08-04-2010
Edad: 72
Mensajes: 43
Agradecimientos que ha otorgado: 88
Recibió 13 Agradecimientos en 10 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Compra de Embarcación cuyo propietario ha muerto

Hola Juanitu:
efectivamente, no hay ningún problema. Todos vendemos y compramos antes de morirnos :-)
Si el vendedor se muere unos pocos días después de vender, en la herencia no figurará la embarcación sino el precio que ha cobrado, y si todavía no está cobrado figurará el crédito frente al comprador.

El único problema sobre la fecha de la venta es cuando hay terceros además de comprador y vendedor: acreedores, hacienda etc.
Es interesante sobre esto esta sentencia del Supremo:

http://impuestos-av.blogspot.com.es/...iedad-por.html
Citar y responder
  #2  
Antiguo 12-04-2014, 12:16
Avatar de eanta
eanta eanta esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 08-04-2010
Edad: 72
Mensajes: 43
Agradecimientos que ha otorgado: 88
Recibió 13 Agradecimientos en 10 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Compra de Embarcación cuyo propietario ha muerto

La ley del impuesto dice esto:

4. Los órganos judiciales, intermediarios financieros, asociaciones, fundaciones, sociedades,
funcionarios, particulares y cualesquiera otras entidades públicas o privadas no acordarán
entregas de bienes a personas distintas de su titular sin que se acredite previamente el pago
del impuesto o su exención, a menos que la Administración lo autorice.

El conflicto surge cuando los herederos no quieren poner el bien en la herencia para pagar menos impuesto, entonces no se puede cambiar la titularidad del bien porque el que cambie la titularidad del bien sin haberse cerciorado del pago del impuesto es responsable de ese impuesto.
Es una precaución, que somos muy pillos :-)


Citar y responder
  #3  
Antiguo 12-04-2014, 23:37
Avatar de jiauka
jiauka jiauka esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 01-10-2010
Mensajes: 11,561
Agradecimientos que ha otorgado: 3,506
Recibió 6,473 Agradecimientos en 3,560 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Compra de Embarcación cuyo propietario ha muerto

No puedes comprar nada a 1 muerto, 1 muerto no es propietario de nada. Cuando se muere, su propiedad pasa a otros, habitualmente los herederos, lis cuales se convierten en propietarios y es 1 transacción como cualquier otra.
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Sergio Ponce

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 02:04.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto