![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Sasto!. Ojo, que los robos están a la orden del día. Pide factura de compra, y haz un contrato de compra-venta, comprobando DNI del vendedor.
![]()
__________________
Es mejor estar callado y parecer tonto que hablar y despejar las dudas definitivamente. (Groucho Max) |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Tengo un hermano que compro un fueraborda ,le comentaron en capitania que con un contrato de compraventa tienes suficiente ,el unico responsable es el vendedor si es robado
|
|
#3
|
||||
|
||||
|
Sí así parece que es, por lo pronto en capitanía me dijeron que no es necesario asentar los motores fuera de borda en los barcos, que si tenía como justificar que era mio que lo podía poner en la embarcación que quisiera mientras no superara la capacidad máxima de la embarcación. Por supuesto cambiar un fueraborda por otro sin notificar nada a capitanía. Ahora que tan quisquillosos son los civiles con esa documentación, no lo sé en carne propia. Por lo que he visto en motores de 60 hp para abajo no son muy exigentes.
|
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|