La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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  #1  
Antiguo 20-04-2014, 22:26
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Natachamar Natachamar esta desconectado
La Jefa
 
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

Señoressss!! Estamos cansados ( por no decir hasta los cojones) de decir que se reporten los mensajes y que no se entre al trapo de los trolls como éste, que ha sido expulsado reiteradas veces con distintos nick, así que por favor, no caigan, no les sigan el juego, reporten los mensajes etc.. etc...
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  #2  
Antiguo 21-04-2014, 09:59
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

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Originalmente publicado por Natachamar Ver mensaje
Señoressss!! Estamos cansados ( por no decir hasta los cojones) de decir que se reporten los mensajes y que no se entre al trapo de los trolls como éste, que ha sido expulsado reiteradas veces con distintos nick, así que por favor, no caigan, no les sigan el juego, reporten los mensajes etc.. etc...
Y por cierto MUCHÍSIMAS GRACIAS a ti y todos los moz@s de la Taberna por agrupar los distintos hilos en éste, y ocuparse de moderar como es debido. Eso es muy útil y es digno de agradecer, yo creo que es uno de los factores del éxito del lugar, junto con las interminables charlas entre tanto buen cofrade, buena comida y bebida!!.

Una ronda al personal de la Taberna a mi cuenta!!
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"Viento, que en su murmullo parece hablar, mueve el mundo, con gracia le ves bailar, y con él, el escenario de mi hogar.
Mar, bandeja de plata, mar infernal, es un temperamento natural, poco o nada cuesta ser uno más."

Click aquí para la carpeta compartida del "Hilo Del Beneteau Oceanis Clipper 393"

Editado por VicMAna en 21-04-2014 a las 10:02.
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  #3  
Antiguo 21-04-2014, 20:54
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

En todos sitios hay trolls, por desgracia.
Aunque hay una curiosidad, en otros foros, uno puede ver los hilos a los que está suscrito: se titulan "hilos suscritos", "suscripciones a conversaciones", etc. y sin embargo en la taberna del puerto se llaman: "Suscripción a discusiones"
Por eso los atrae, piensan que es el lugar idóneo para "trollear y discutir"
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  #4  
Antiguo 25-04-2014, 12:40
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Smile Nuevas titulaciones náuticas

Hola a todos..

¿Alguien me podría responder si al final entra en vigor el cambio de la normativa para la posibilidad de navegar a las islas con el titulo del PER?..

Por lo que he leido por internet de momento todos son conjeturas y no se si hay ya información real y en firme sobre esta cuestión.

Si alguien me puede dar información real sobre este tema os estaré muy agradecido.

Saludos a todos.
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  #5  
Antiguo 25-04-2014, 13:23
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Cita:
Originalmente publicado por NUBE NEGRA Ver mensaje
Hola a todos..

¿Alguien me podría responder si al final entra en vigor el cambio de la normativa para la posibilidad de navegar a las islas con el titulo del PER?..

Por lo que he leido por internet de momento todos son conjeturas y no se si hay ya información real y en firme sobre esta cuestión.

Si alguien me puede dar información real sobre este tema os estaré muy agradecido.

Saludos a todos.
Compañero, según yo entiendo hcia las islas Baleares si puedes navegar, pero no a las Islas Canarias. Supongo que será por la diferencia en millas entre unas y otras islas de la península.
Un saludo
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  #6  
Antiguo 23-04-2014, 20:33
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

En 2007 podiamos llevar un transatlantico ,en 2010 se acabo.Una pena,cosas de la dggmm.
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  #7  
Antiguo 23-04-2014, 22:16
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Localización: Baleares y alrededores... pero en realidad por donde puedo.
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Cita:
Originalmente publicado por Pepota Ver mensaje
En 2007 podiamos llevar un transatlantico ,en 2010 se acabo.Una pena,cosas de la dggmm.
Me temo que no es así ... quiero decir que el CY habilitaba para el manejo de embarcaciones de recreo sin límitación de eslora ni en cuanto a distancia a la costa. Visto así parece que un CY podía llevar cualquier cosa ... pero eso se acabó cuando se estableció la distinción entre embarcación de recreo (hasta 24 metros de eslora) y buque de recreo (más de 24 metros de eslora). Distinción que emana de la normativa de la OMI, de la que España forma parte hace mucho tiempo y que lleva ya unos cuantos años en vigor.

De hecho, el RD 1435/2010 de abanderamiento define de este modo las embarcaciones de recreo en su artículo 2 A), y lo mismo hacía el anterior RD 544/2007 que también regulaba el abanderamiento.

Sin embargo, lo que puede llevar a confusión es que la vigente Orden FOM 3200/2007 sobre titulaciones se limita a definir las embarcaciones de recreo como aquellas de eslora superior a 2'5 metros sin establecer un límite máximo de eslora y luego dice que el Capitán de Yate está capacitado para el gobierno de embarcaciones de recreo sin limitación alguna ... así que parece que no hay límite alguno en materia de eslora ni tonelaje para el CY.

Sin embargo, por lógica, cuando hay un Real Decreto, que es de orden jerárquico muy superior al de una Orden FOM, que limita la eslora de las embarcaciones de recreo a los 24 metros y al no habilitar el CY para el gobierno de buques, sino únicamente de embarcaciones de recreo, pues ya tenemos la limitación de eslora que ahora parece que se establece de un modo claro en la nueva Orden FOM, que ya veremos como queda.

Otra cosa es que en otros países, como Reino Unido, desde titulaciones recreativas como el Ocean Master se pueda llegar a atribuciones de carácter profesional superando la eslora propia de las embarcaciones de recreo, que allí también se distinguen de los buques de recreo, de hecho el tema de los 24 metros también establece una clara separación en el tema mercante, siendo esta eslora el límite entre los llamados Small Commercial Vessel y los mercantes de mayor porte.

En fin, me temo que esta limitación ya existía, pero no se había manifestado claramente en la normativa sobre titulaciones ... al menos esa es mi opinión ya desde hace tiempo. Lo que tenían que haber hecho en su día es habilitar a los CY para el gobierno de buques de recreo ... pero no se les ocurrió porque en la DGMM siguen pensando, salvo honrosas excepciones, desde el punto de vista de la marina mercante en su acepción más apolillada (y dicho sea con todo el respeto del mundo para los marinos mercantes que viven en la mar y no de pilotar una mesa de despacho en Madrid) ... y a nadie se le ocurrió que al adoptar la normativa de la OMI se cargaban las atribuciones que hasta ese momento tenían los CY ... y, si cayeron en la cuenta, les dio igual.

salud!!!
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  #8  
Antiguo 23-04-2014, 22:25
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Predeterminado Re: Nuevas titulaciones náuticas

Me auto cito:
Cita:
Originalmente publicado por Capitán Trucho Ver mensaje
Concepto de embarcación de recreo

Resulta conveniente conocer cuál es el concepto de embarcación de recreo según la legislación vigente, a fin de diferenciarla del resto de embarcaciones y conocer la normativa que les es aplicable.
Según el artículo 2.1 del RD 1434/1999 de 10 de septiembre, se consideran embarcaciones de recreo aquéllas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros.
Dicha definición será corroborada posteriormente por el Real Decreto 2127/2004 de 29 de octubre, en su artículo 3.a), si bien ampliando su ámbito a su utilización con ánimo de lucro (arrendamientos) o con fines de entrenamiento para la navegación de recreo.
Por otra parte, el Real Decreto 1435/2010 de 5 de noviembre, regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.

La fuente:
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...ion_de_recreo/

Cita:
Verás, esta ley no es nueva es un Real Decreto de 1999: Cita:
Artículo 2.
Ámbito de aplicación.
1. Este Real Decreto se aplicará a las embarcaciones
de recreo matriculadas en España, considerándose como
tales aquellas de todo tipo, con independencia de su
medio de propulsión, que tengan una eslora de casco
comprendida entre 2,5 y 24 metros, proyectadas y des-
tinadas para fines recreativos y deportivos, y que no
transporten más de 12 pasajeros.
El BOE:
https://www.fomento.gob.es/NR/rdonly...4341999boe.pdf
Si quieres llevar algo con pabellón español de mas de 24 metros o transportar mas de 12 pasajeros necesitas hacerte marino mercante (O de guerra como se llamaba antes). Al no ser una embarcación de recreo, aunque tengas el título de Vicealmirante de la Flota de Recreo del Atlántico Norte, que es mucho mas que CY, no la puedes llevar. Otro tema es que te dirijas a Francia o Inglaterra dónde no hay limitaciones para los veleros y no te piden titulación alguna.
Cita:
Originalmente publicado por Pepota Ver mensaje
En 2007 podiamos llevar un transatlantico ,en 2010 se acabo.Una pena,cosas de la dggmm.
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..
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Jadarvi (24-04-2014)
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