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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hace apenas unas semanas llevé las bengalas caducadas a Balsamar y me cobraron unos 2 € por unidad, antes era gratis.
por cierto, en otros foros he leído que los italianos todavía son más paranóicos con esto de las bengalas y que si te pillan con bengalas caducadas, las bengalas dejan de ser bengalas y se convierten en explosivos por lo que aplican leyes antiterroristas... no sé si es cierto o no (ya sabéis, no hay nada más inútil que un comentario en un foro ), en cualquier caso cuidadín a los que vayan a Cerdeña, etc. con bengalas caducadas... no vale la pena arriesgarsesalud y libertad scipio
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¿Por qué seguir tendencias si puedes seguir el viento? El proyecto es el borrador del futuro. A veces, el futuro necesita cientos de borradores. |
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#2
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lo de que no se pueden enviar por trasporte normal, lo dudo. No creo que las tiendas se arriesguen sino pueden.
acabo de recibir las mías en una caja normal y corriente. hasta 2018 me olvido de éstas. |
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#3
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holaaaa
![]() ![]() y por la zona de Cartagena a donde las puedo llevar y en donde me las pueden vender, que las revisé el otro dia y estan un poco caducadas ![]() ![]() |
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#4
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La legislacion dice que solo podran ser vendidas por comercios autorizados para ello, los cuales deberan de hacerse cargo de las desechadas/caducadas, para ello el comercio pasara una revision de la Guardia Civil y de la Delegacion de Gobierno, tendra una caja de seguridad para su estiba y estara convenientemente señalizado y avalado por un proyecto de seguridad, dispondra de un seguro acorde con la actividad.
Dispondra de un libro de asiento en el cual anotara la matricula de la embarcacion a la que le suministra los equipos, el numero y tipo de los mismos y los que retira, y una vez al mes los desactivadores pasaran a recogerle este material. Para el transporte, solo compañias autorizadas podran hacerlo, declarando la carga y con su seguro especifico y conductor formado. LA REALIDAD...una merienda de negros. Autorizado en MAZARRON...Nautica El Faro. ![]() ![]()
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"Recuerda que el dia que naciste todos reian, y tu llorabas; vive de tal manera que cuando mueras, todos lloren, y tu rias" Proverbio Persa. "Acabado el Juego, el Rey y el Peon, vuelven a la misma caja". Proverbio Italiano. ![]() ![]()
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Sachi | ||
biker62 (17-06-2014) | ||
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#5
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Hola y saludos
Yo estoy en lo mismo, después de gastarme 240 leuros, no me lo recoge ni la GC, ni la tienda ni TEDAX, he preguntado a un policía que ha llamado a otro y lo que me ha dicho es que es el puerto el que debe recogerlo, cosa que por el norte no lo recoge ninguno, por lo que me han dado una solución, las de mano las gastare como siempre....encendiendo barbacoas!! Pero el bote de humo y los cohetes en una caja a la basura y llamar al 112 y decir que hay una caja con material pirotécnico, por lo que la GC vendrá y lo recogerá muy amablente. Increíble pero cierto. Por cierto una cosa que me intriga, por que un profesional con un barco despachado igual que el mío lleva tan sólo 3/3 y nosotros por ser recreo 3/3/1? Para sacar cuartos? El año que viene me toca ITB... Y creo que no llegare a hacerla. Así qué dentro de poco llevare la nevera llena de cerveza Belga!! Para invitar a todo el mundo Un saludo |
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#6
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Cita:
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#7
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Cita:
... ¡Hay que leer todo el hilo y no solamente el último post! ![]() ![]()
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Buena proa! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Atnem | ||
biker62 (18-06-2014) | ||
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#8
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Cita:
Mil disculpas.Bueno, al lío. El RD 1335/1012 que indicaste en tu post corrige y modifica un RD anterior, que es el RD 563/2010. Resumiendo lo que queda de la combinación de estos dos RD, vemos que la normativa dice lo siguiente: APARTADO 3.4 : Los establecimientos de venta al público autorizados se responsabilizarán de los productos defectuosos, deteriorados o caducados que hayan vendido y provengan de los consumidores finales. Dichos establecimientos establecerán el procedimiento a seguir para hacer llegar los productos susceptibles de eliminación o inertización a sus proveedores o entidades autorizadas para llevar a cabo la correspondiente eliminación o inertización. El coste del retorno y tratamiento será asumido por el titular del establecimiento de venta o por el proveedor, según lo establecido en el punto 5 El destacado en rojo es mío. O sea, que los comercios sólo están obligadas a recoger las bengalas caducadas que hayan vendido ellos mismos. Esta recogida debe hacerse sin coste para el usuario final. El punto 5 a que se refiere este punto 4 dice lo siguiente: APARTADO 3.5 : La obligación de efectuar el tratamiento establecido en la presente Instrucción técnica complementaria de los productos afectados recaerá en los distintos agentes del sector en función del origen de los productos susceptibles de eliminación o inertización. En este sentido, se establecen las siguientes responsabilidades: ...... Para los artículos pirotécnicos utilizados en la marina el responsable será el fabricante de los artículos o, en su caso, el importador que los introdujo en el mercado nacional o las empresas que, no siendo fabricantes ni importadores, estén específicamente autorizadas para realizar estas operaciones. .... O sea, que el comercio nunca debería cargar nada por la recogida de productos caducados que haya vendido previamente. Conclusión de todo esto: tengo que acordarme de dónde compré las bengalas.... tengo que acordarme de dónde compré las bengalas.... tengo que acordarme de dónde compré las bengalas.... tengo que acordarme de dónde compré las bengalas.... ![]() |
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