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#1
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Gracias ![]() ![]() ![]()
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Otro mundo es posible ... HAGÁMOSLO !!! |
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#2
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Según he leido en otros temas de los foros, en Bélgica no existe titulación alguna y tampoco existen zonas de navegación ni nada por el estilo, te compras el barco y a navegar.
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#3
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Al seguro le da lo mismo (evaluación de riesgo), que yo sea un novato, o un tio con 20.000 millas a mis espaldas ...??? Que no tenga formación ... a que la tenga ...??? Algo no cuadra Eso es porque aun no han empezado a pagar novatadas ... ![]() ![]() ![]()
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Otro mundo es posible ... HAGÁMOSLO !!! |
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#4
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Porque motivo pagaran mas novatadas que ahora, no entiendo tus dudas ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Xavier Vila | ||
brutus (30-05-2014) | ||
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#5
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Saludos Hay tres tipos de marinos : el primer grupo es el de los teóricos : saben todo pero no navegan. El segundo grupo es el de los prácticos : si navegan todo aunque no sepan nada. Un tercer grupo une la teoría y la practica : no navegan y no saben nada. |
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#6
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Salud a todos
Os cuento. Doy de baja mi barco en España y la abandero en Holanda (gracias Cristina de Guiral). Todo perfecto. Se lo comento a mi agente y me dice que le mande la nueva documentacion para hacer el suplemento de Poliza. Sin problemas. Recibo el suplemento y cuando voy a archivarlo en pdf, me da por mirar la "letra pequeña" y veo que me han puesto en condiciones particulares que "solamente puedo navegar en aguas jurisdiccionales españolas, cuando antes me cubria todo el Mediterraneo y el viaje a Canarias. Un poco (bastante mosca) llamo a mi agente y me dice, que es una decision unilateral de la Compañia para evitar que la gente sin titulacion (que no es mi caso) pueda navegar por donde le de la gana y la Compañia tenga que pagar los desaguisados. . Pregunto que si puedo ir a Canarias y me dice que si, pero que el tramo que navegue hasta llegar aguas españolas, el seguro no me lo cubriria y me tendria que arriesgar.![]() Para descojon.... de risa o mosqueo.Asi que ojo con los seguros. LEED BIEN LA LETRA PEQUEÑA. que muchas Aseguradoras son un ..poco GOLFAS. ![]() .Y que conste que estoy muy agradecido a mi agente en una gestion que hizo hace tiempo de una manera muy profesional, pero creo que a la Compañia le van a dar por donde amargan los pepinos (con perdon). Unas cervecitas ![]()
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![]() --------------------------- El y el Atleti, me matan, me dan la vida....
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jduran22 (03-09-2014) | ||
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#7
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Una ronda
Tengo un proyecto/propuesta de póliza de seguro para mi embarcación (con PABELLON BELGA), que en el clausulado dice: La Entidad Aseguradora no se hace cargo de las reclamaciones, pérdidas y/o daños que, total o parcialmente, directa o indirectamente, sean causados por o a consecuencia de: ........... Si la persona que custodia o maneja la embarcación no posee la titulación obligatoria exigida por las disposiciones en vigor y/o esté fuera de las prescripciones y reglamentos de la Administración, al ocurrir el siniestro. Incumplimiento de los preceptos establecidos por la Administración Española en materia de certificados, matriculación, inspección, material de seguridad de navegación o análogo. Tengo pendiente de que la cia. me confirme, o no, si es así. Cuando me respondan os haré partícipes. Los que tenéis pabellón extranjero tenéis esa limitación en vuestras cláusulas?
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En el mar el peligro es la tierra (Geoffrey Williams) Ganador OSTAR 1968
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#8
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Insiste en que te quiten eso y si no quizás cambia de compañía.![]() ![]() |
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#9
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Ámbito de navegación Mar Mediterráneo, mares territoriales y aguas interiores de los países miembros de la Unión Europea y fuera de éstos en una franja de 200 millas náuticas desde el litoral español y/o portugués, incluyendo la travesía entre la Península Ibérica y las Islas Canarias. Con independencia del Ámbito de Navegación establecido en el párrafo anterior, el radio de navegación quedará en todo caso limitado al autorizado por los Reglamentos y/o Autoridades competentes para embarcaciones de su tipo. El incumplimiento de los límites de navegación establecidos invalidará automáticamente la cobertura, salvo en los casos en los que dicha alteración haya sido comunicada y aprobada expresamente por la Entidad Aseguradora. Vamos que si no cumplo con la zona de navegación y la titulación requerida ESTOY SIN COBERTURA !!! No entiendo algunas de las contestaciones a mis preguntas. Yo no afirmo nada, solo pregunto, porque no lo se ... Y con los seguros ... Una cosa es contratar ... Y otra muy distinta, que te den cobertura real ... Por suerte en este país se navega poco !!! Salud ![]() ![]() ![]()
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Otro mundo es posible ... HAGÁMOSLO !!! |
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#10
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Xavier Vila | ||
VePi (01-06-2014) | ||
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#11
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En mi vida anterior, he tenido una cartera de seguros de barcos con Allianz. La mayoría de estos seguros eran de barcos con bandera española, pero una parte era de barcos de bandera extranjera (sobre todo ingleses y algún que otro belga).
A la hora de contratar estos seguros: nunca la compañía ha puesto pegas. Pero mas importante aún: algunos de estos barcos abanderados en el extranjero han tenido siniestros. La primera reacción de la compañía siempre era la misma: enviar certificado de navegabilidad y titulo de patrón. Siempre mi contestación era la misma: - en este país no existe ITB y por lo tanto no existe certificado de navegabilidad - en este país no existe obligación de tener titulo de patrón. En los casos que el armador tenía titulo, lo facilitaba, pero no siempre era el caso. La compañía siempre ha aceptado esta explicación y en todos los casos que tenían que hacerlo, han pagado los daños sin buscar excusas. ![]() Un pequeño matiz para la pregunta del titulo con bandera belga: no es cierto que en Bélgica no existen títulos o escuelas de navegación. Solamente no es obligatorio tener titulo para navegar en el mar.
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www.banderabelga.info http://www.youtube.com/channel/UCtQB...fT3-vzQ/videos Navegar sin problemas con la bandera belga |
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#12
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yo tengo bandera belga hace un año pero con anteriridad me prepare la compañia de seguros y me lo hice con pantenius, es una compñia esclusivamente de embarcacionescuando cambie de bandera solo tuve que notificarlo a la compañia y pagar los impuestos de belgica que me costo unos 20 euros de diferencia
saludos y birras para todos ![]() |
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#13
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Hola, Es como la mía, queda clarisimo a mi entender. 2 limitaciones: - Limites de la póliza son mar mediterráneo, etc... - Limites tienes lo que marque tu titulación Española que usas en embarcación Española (recordemos que nuestros títulos solo sirven en España) y reglamentos de la embarcación asegurada. Cuales son los limites si la embarcación es Española: - los de tu titulo (patrón de embarcaciones, yate o capitán) y - los de la categoría autorizada de la embarcación (zona 1-2-3-4-5- etc) Española. Si tienes un titulo de capitán y embarcación en zona 1, los limites serán los del primer párrafo (mar mediterráneo etc...) Cuales son los limites si la embarcación asegurada es Belga: - titulo: ninguno. Ya que no se requiere ningún titulo para gobernar embarcaciones Belgas - limite navegación: ninguno. Los Belgas no tienen tampoco ningún limite de navegación en sus embarcaciones. Por lo tanto el limite si la embarcación es Belga es el que marca la póliza en su primer párrafo. (mar mediterraneo, etc...) Yo lo veo clarisimo y su redactado no da lugar a error, una embarcación tendrá los limites que marque el seguro y los limites de la normativa/legislación sujeta. Las embarcaciones Belgas tienen otra normativa, que es: no hay limites, con lo cual solo tienes el limite que marca el seguro. Pienso que si los seguros ponen trabas o limitaciones en este asunto la solución es ademas muy sencilla, contratar el seguro de la embarcación también en Bélgica, los Belgas tienen seguros en sus barcos, y seguro que no les ponen ningún problema ni les limitan, ni les piden títulos que no existen. Entonces las compañias de seguros españolas empezaran a descender el numero de pólizas náuticas. No creo que a un Español comunitario (que paga en Euros) le ponga ningún problema un corredor de seguros Belga para asegurar su embarcación con bandera Belga. Un saludo
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Una ronda.... que pago yo El exito es la preparación combinada con la oportunidad. Editado por Camelot en 30-05-2014 a las 21:52. |
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#14
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Esto es, textualmente, lo que dice mi póliza en vigor,- una vez aceptado el cambio de bander a Bélgica-, con una de las cias. de seguros más importantes. (Ojo a lo subrayado)
CONDICIONES ESPECIALES DE APLICACIÓN PARA EMBARCACIONES CON BANDERA EXTRANJERA Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art.20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, elTomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada. Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientosobligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma. No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro. O sea, que sí, pero NO. ¿Hay algún cofrade que no tenga esas condiciones en su seguro? y buen fin de semana.![]()
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En el mar el peligro es la tierra (Geoffrey Williams) Ganador OSTAR 1968
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a 3er cuadrante | ||
BAMM (01-06-2014) | ||
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#15
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Muy cierto: además ya desde hace muchos años el mercado de los seguros está abierto a nivel europeo.
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www.banderabelga.info http://www.youtube.com/channel/UCtQB...fT3-vzQ/videos Navegar sin problemas con la bandera belga |
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#16
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Señores Navegantes,
Soy Rafael Bonilla, director técnico de mi propia correduría, especializada en seguros náuticos desde 1.990, y titular del portal www.elsegurodemibarco.com. He estado mirando este post y me sorprende que los distintos mediadores (corredores, agentes exclusivos, bancaseguros) y las propias compañías para los que teneis el seguro contratado directamente con ellas, no os sepan dar una contestación profesional. Lo voy a resumir todo lo que pueda si algunos quereis que os conteste en profundidad porque no os queda claro, contactarme y sin ningún compromiso os explico vuestro caso particular: 1-TODAS LAS COMPAÑIAS GENERICAS QUE OPERAN EN ESPAÑA (AXA, PLUS ULTRA, METROMAR, MURIMAR, MAPFRE, ETC...) EN SUS CONDICIONADOS EXCLUYEN LOS SINESTROS SIN LA TITULACION OPORTUNA Y LOS SINIESTROS FUERA DE LAS MILLAS DESPACHADAS. ES DECIR SI UNO QUE TIENE EL PER, PASA LAS 12 MILLAS PORQUE SE VA A GRECIA CON SU VELERO Y TIENE UN SINIESTRO TENDRA PROBLEMAS GRAVES 2-DESDE EL SALON NAUTICO DE BARCELONA 2013 AL QUE ASISTI con un stand y me realizaron multiples consultas sobre este tema, allí fue donde conocí a D. Tomás Vieito y Cristina Guiral los cuales también se preocuparon por este tema, y me comprometí con ellos a encontrar una solución para estos navegantes que estan mal cubiertos con sus polizas actuales (es caso de que no tengan el titulo en funcion millas navegadas o despacho del barco).Les puedo confirmar, porque opero con todas esas compañías desde hace muchos años que: -AXA: NO LO CUBRE -PLUS ULTRA (CON LA QUE TENGO MI POLIZA EXCLUSIVA): NO LO CUBRE -MAPFRE: LO DE MAPFRE ES CURIOSO, SE PUEDE PACTAR LA "CLAUSULA DE BANDERA" PERO EN AGUAS ESPAÑOLAS DEBE TENER EL TITULO ESPAÑOL, LO CUAL NO NOS SIRVE, PORQUE SI PARA UNA BELGA NO HACE FALTA TITULO Y EL PATRON NO LO TIENE PUEDE TENER PROBLEMAS EN AGUAS ESPAÑOLAS -GENERALI, METROMAR, MURIMAR, LIBERTY ETC.. NO LO CUBRE 3-A FECHA DE HOY SOLO CONOZCO UNA QUE POR ESCRITO A TRAVES DEL JEFE DE TRANSPORTES (EMBARCACIONES) A NIVEL NACIONAL ME LO HA CONFIRMADO QUE NOS OFRECE COBERTURA EN FUNCION DE LA NORMATIVA DE CADA PABELLON, POR LO QUE PODEMOS DAR COBERTURA 100% FIABLE. Estoy hablado de compañía genéricas y riesgos genéricos, para tema el tema de mega-yates, etc... hay compañias como Axa, Plus Ultra que sí ofrecerían cobertura Como les he dicho, si alguien quiere que le estudie su póliza sin compromiso alguno, aqui me teneis, contactar por La Taberna, o mi movil 619226601, o mi email: info@elsegurodemibarco.com Un saludo a todos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a bonilla66 | ||
port bo (17-06-2014) | ||
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#17
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La verdad es que yo lo preguntaba por la curiosidad de saber si alguna compañía pedía lo que se deduce como experiencia o capacitación para pilotar una embarcación. Siento y te pido disculpas si la forma de preguntarlo te ha parecido molesta. Yo también lo tengo con AXA y en el apartado de ámbito de navegación, lo entiendo como, primero a la zona que limita la compañía, después a la calificación de la nave y al reglamento legal que la ampara, en cualquier caso el de el país de abanderamiento que sería el competente, interpreto yo, de todas formas pediré por escrito que me lo aclaren. Ámbito de navegación según la compañía de seguros. Se establece que la cobertura otorgada por la póliza, surtirá efecto dentro del Mar Mediterráneo, mares territoriales y aguas interiores de los países miembros de la Unión Europea y, fuera de éstos, en una franja de 200 millas náuticas desde el litoral español y/o portugués, incluyendo la travesía entre la Península Ibérica y las Islas Canarias. No obstante lo anterior, el radio de navegación de la embarcación asegurada quedará en todo caso limitado al autorizado por los Reglamentos y/o Autoridades competentes para embarcaciones de su tipo. El incumplimiento de los límites de navegación establecidos, invalidará automáticamente la cobertura, salvo en los casos en los que dicha alteración haya sido comunicada y aprobada expresamente por la Compañía Aseguradora.
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Saludos Hay tres tipos de marinos : el primer grupo es el de los teóricos : saben todo pero no navegan. El segundo grupo es el de los prácticos : si navegan todo aunque no sepan nada. Un tercer grupo une la teoría y la practica : no navegan y no saben nada. Editado por brutus en 02-06-2014 a las 14:11. |
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#18
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Yo he pedido a Generali que emitan un suplemento a las condiciones particulares de la póliza en el que EXPRESAMENTE reconozcan que la legislación aplicable en materia de material de seguridad, titulación del patrón y zona de navegación es la estipulada por la legislación de Bélgica.
Me ha dicho el broker que cree que no habrá problema... ya os contaré. ![]() |
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#19
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Creo que confundes las cosas, así que según tu ¿alguien que se acaba de sacar hace 10 días el titulo de patrón tiene menos opciones de tener accidentes o percances que un Belga? Que no se exija titulo a los Belgas no significa que no sepan, ni que lleven topecientas mil millas, ni que sean unos armadores peligrosos o inconscientes. Y las respuesta a tu duda es si, a los seguros les da exactamente igual el titulo que yo tenga, ya que aunque sea marino honorifico y super-capitan-comandante de flotas para llevar superpetroleros tengo las mismas posibilidades, si cometo locuras, de tener percances con una neumática. lo que tendrán en cuanta para pagar el asegurado cumple la legislación del país, en este caso del barco. Por esta misma deducción que realizas, los Belgas no tendrían compañía de seguros que los asegurase, ya que allí no existe la titulación náutica, no podrían tener títulos y por lo tanto los seguros abandonarían Bélgica a todo correr, con tanto Belga insensato. No sabia que con mi titulo estaba tan seguro de no sufrir percances por la gracia de nosesabequien. Seria interesante que pusieseis los nombres de las compañías con estas clausulas, pero lo que tengas los contratos con las mismas que revisen. Yo tengo el seguro con Axa (aun no he cambiado la bandera), pero he leído en este foro que con Axa no hay problemas.... hay que mirar bien las clausulas antes de firmar. Un saludo
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Una ronda.... que pago yo El exito es la preparación combinada con la oportunidad. Editado por Camelot en 30-05-2014 a las 20:02. |
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