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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Salud a todos
Os cuento. Doy de baja mi barco en España y la abandero en Holanda (gracias Cristina de Guiral). Todo perfecto. Se lo comento a mi agente y me dice que le mande la nueva documentacion para hacer el suplemento de Poliza. Sin problemas. Recibo el suplemento y cuando voy a archivarlo en pdf, me da por mirar la "letra pequeña" y veo que me han puesto en condiciones particulares que "solamente puedo navegar en aguas jurisdiccionales españolas, cuando antes me cubria todo el Mediterraneo y el viaje a Canarias. Un poco (bastante mosca) llamo a mi agente y me dice, que es una decision unilateral de la Compañia para evitar que la gente sin titulacion (que no es mi caso) pueda navegar por donde le de la gana y la Compañia tenga que pagar los desaguisados. . Pregunto que si puedo ir a Canarias y me dice que si, pero que el tramo que navegue hasta llegar aguas españolas, el seguro no me lo cubriria y me tendria que arriesgar.![]() Para descojon.... de risa o mosqueo.Asi que ojo con los seguros. LEED BIEN LA LETRA PEQUEÑA. que muchas Aseguradoras son un ..poco GOLFAS. ![]() .Y que conste que estoy muy agradecido a mi agente en una gestion que hizo hace tiempo de una manera muy profesional, pero creo que a la Compañia le van a dar por donde amargan los pepinos (con perdon). Unas cervecitas ![]()
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![]() --------------------------- El y el Atleti, me matan, me dan la vida....
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a cabot59 | ||
jduran22 (03-09-2014) | ||
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#2
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Una ronda
Tengo un proyecto/propuesta de póliza de seguro para mi embarcación (con PABELLON BELGA), que en el clausulado dice: La Entidad Aseguradora no se hace cargo de las reclamaciones, pérdidas y/o daños que, total o parcialmente, directa o indirectamente, sean causados por o a consecuencia de: ........... Si la persona que custodia o maneja la embarcación no posee la titulación obligatoria exigida por las disposiciones en vigor y/o esté fuera de las prescripciones y reglamentos de la Administración, al ocurrir el siniestro. Incumplimiento de los preceptos establecidos por la Administración Española en materia de certificados, matriculación, inspección, material de seguridad de navegación o análogo. Tengo pendiente de que la cia. me confirme, o no, si es así. Cuando me respondan os haré partícipes. Los que tenéis pabellón extranjero tenéis esa limitación en vuestras cláusulas?
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En el mar el peligro es la tierra (Geoffrey Williams) Ganador OSTAR 1968
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#3
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Cita:
Insiste en que te quiten eso y si no quizás cambia de compañía.![]() ![]() |
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#4
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Creo que a estas alturas el debate de si con titulo sabes mas o sabes menos ya forma parte del pasado, ahora legalmente ya podemos abanderar en otros países, creo que seria bueno no desviar el hilo y centrarnos en seguros con pabellones extranjeros mas allá de los títulos. Yo tengo titulo desde hace muchos años y la compañía me ha comentado que a ellos les da igual, que si el país no pide titulo no necesito ningún titulo para estar cubierto por la póliza.
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