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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Pues quizás Ventarrón no estaba tan equivocado y una cosa es lo que prometen las compañías y otra es lo que pone en las pólizas, de momento he rechazado la propuesta de seguro de METROMAR si no quitan de las clausulas que el seguro queda condicionado a las leyes españolas porque entonces que sentido tiene cambiar de pabellón legalmente? Manda webs con lo que ha costado que ahora sean los seguros los que no se adapten a la legalidad del país de abanderamiento.
Ya informare si METROMAR rectifica, si no lo hacen me temo que van a perder muchos clientes. Quizás ya seria bueno ir abriendo listas de compañías que realmente aseguren bajo las leyes del país de abanderamiento, sean nacionales o internacionales. ![]() ![]() |
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#2
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Cita:
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En el mar el peligro es la tierra (Geoffrey Williams) Ganador OSTAR 1968
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#3
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Cita:
![]() Además, esa cláusula es ilegal o nula de pleno derecho, ya que a las embarcaciones con bandera belga (o la que sea ) no les son de aplicación las normas españolas, sinó las de su pabellón de abanderamiento.![]() ![]() |
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#4
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En marzo de 2013 me cambié a AXA mientras hacia el cambio de bandera, en ese momento el barco estaba dado de baja ya en España, solicité precios y condiciones a 10 compañias y AXA fue la única que en ese momento de manera clara y rotunda en las condiciones particulares especificaba que en cualquier caso se aplicarian las normas y exigencias de la normativa a la cual este sujeta la embarcación, NO LA PERSONA, la zona de navegación en un primer momento fue todo el Mediterraneo hasta y Canarias, pero ya tenia la confirmación oral,de mi,agente de que en cualquier momento que quisiera me lo ampliarian a las zonas de navegación que necesitara pagando un suplemento creo,recordar del,20% aplicables al tiempo restante de la poliza, a los 7 meses solicité autorización para cruzar el,Atlantico y para navegar en aguas caribeñas por tiempo indefinido, en 3 dias la nueva poliza estaba redactada y encima no me cobraron ningun tipo de suplemento por cubrirme todo el mundo, navegación ilimitada exceptuando rebasar las zonas mas al norte y mas al sur de los oceanos.
Especifica que si se rebasan los limites de navegación contratados la poliza no cubre, logico. Ademas especifica que indepndientemente a las zonas de navegación concedidas por la compañia esta quedará limitada a los reglamentos y autoridades competentes sobre la,embarcación que en este caso al,ser Belga la unica norma que le limita es la de diseño, la de comstrucción para la cual fue diseñado categoria A, B o C. Los belgas no limitan las zonas de navegación aleatoriamente desde un despacho las limitan segun el diseño del barco y para lo que haya sido,diseñado. Mas importante que la compañia de seguros es tener al agente apropiado e involucrado en el tema. Salud ![]() ![]()
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La libertad es ser dueño de tu tiempo. http://www.imystic.es http://imysticblog.blogspot.com.es Socio Anavre 1148 Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241 Ex-Mysticibiza
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#5
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No entiendo que quieres decir con que los belgas limitan..... no he visto por ninguna parte en la documentación de mi barco dicha limitación ![]() ![]() |
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#6
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Las limitaciónes (condiciones meteo, que no distancias de la costa), se deben a lo que especifica el marcado CE y no a lo que digan las autoridades belgas...
Vaya, es lo que tengo entendido...
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"My boat is my island" |
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#7
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en mi caso no tengo marcado CE ya que mi barco es del 88 ... asi que soy libreee ![]() |
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#8
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Así que si el seguro limita la navegación a 200 millas, a mi parecer estás cubierto, y más aún si como Gregalet, tienes un barco antiguo sin certificado CE.
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www.banderabelga.info http://www.youtube.com/channel/UCtQB...fT3-vzQ/videos Navegar sin problemas con la bandera belga |
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#9
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No me refiero a que la legislación Belga "Limite" tal cual estamos acostumbrados en este país con sus limitaciones y prohibiciones hasta para andar por la acera, si no que es el propio diseño del barco es el que limita, entiendo que tanto en Bélgica como en cualquier país que no tenga limites específicos como aquí, lo lógico es que sea la propia construcción del barco el que pone el limite, si un barco esta diseñado para una altura determinadas de olas y condiciones meteorológicas pues esa es la limitación, en mi barco llevo una placa con marcado CE en el que especifica, Zona A, navegación ilimitada, más de 4 metros de olas y 2900Kg de carga, Zona B, máximo 60 millas de la costa, menos de 4 metros de ola, 3100KG y zona C, hasta 25 millas 3500Kg de carga.
Estas son las limitaciones en un país que no tenga limitaciones especificas, si surgiera cualquier imprevisto o accidente cuando una embarcación esta fuera de la zona para la que esta diseñado evidentemente puede traer problemas con el seguro o incluso con las autoridades competentes ya sea la Belga o la del lugar donde ocurra el accidente. Si no llevas marcado CE entiendo que no tienes limitación alguna más alla de l sentido común. Pero claro puede haber tantas interpretaciones como personas interpretemos... Salud ![]() ![]()
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