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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
En mi comunidad esta libre, tanto de la mar como desde tierra ( una pieza por persona de tamaño minimo un kilo), en otras comunidades no lo se.. |
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#2
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Bueeeeno, yo tampoco he visto nunca pulpos de agua dulce, excepto una cuñada muy pegajosa.
En todo caso las leyes de rango superior prevalecen sobre las locales, aunque sea como marco dentro del cual se desarrollan los detalles específicos de la Comunidad. Y si prohiben a nivel estatal pescar teniendo botellas en el barco la Comunidad puede "redondear" el tema, no anularlo. Además del BOE habrá que mirar el BO de la cada Comunidad antes de cada pesca. ![]()
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#3
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Cita:
Las leyes de rango superior no tienen que prevarecer sobre las locales siempre y cuando el que las haya legislado ( las locales) tenga competencia para ello, dicho de otro modo, "en mis aguas mando yo", siempre y cuando ( claro esta) no exista sobre la easpecie en cuestion ninguna veda impuesta ni este esta sometida a planes de recuperacion como expecie en peligro. ![]() |
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#4
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Alguien tiene la normativa para Cataluña?
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#5
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Aquí está la información para Cataluña.
Y los trámites en linea para solicitar la licencia.
http://www20.gencat.cat/portal/site/...&newLang=es_ES
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D Editado por LSV en 03-06-2014 a las 00:31. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LSV | ||
cooltrier (03-06-2014) | ||
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#6
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Cita:
Gracias LSV Yo me refería a la normativa de pesca desde embarcación en aguas catalanas Quisiera saber el número de anzuelos que puede echar al agua cada pescador Y el número máximo de kilos en capturas por día, aunque creo que son 5 kg Saludos |
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#7
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Licencia de pesca recreativa de superficie
Es una autorización para la práctica de la pesca recreativa (no profesional) en aguas continentales y marítimas superficiales desde tierra o desde una embarcación con cualquier utensilio autorizado para este tipo de pesca. Y aquí toda la normativa para Cataluña: (Pero hay que leérsela). ![]()
http://www20.gencat.cat/portal/site/...ode=NORMATIVES
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LSV | ||
cooltrier (03-06-2014) | ||
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#8
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Mi enhorabuena a la gestión de la CA Región de Murcia porque llamé ayer y en 5 minutos me mandaron la orden de pago con mis datos por email y lo pude pagar a través de banca online de Bankinter. Les he mandado dos fotos y me dicen que lo tengo la semana que viene. 7,97€.
Notos, enciende la barbacoa que con un par de volantines que eche...te llevo medio kilo de poseidonia frejjca!! ![]() ![]() |
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#9
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Cita:
saludos
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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#10
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Yo llamé desde Madrid al 968 362 000, que es el 012 de la CARM, y me transfirieron la llamada a Consejería de Agricultura y Agua-Servicio de Pesca y Acuicultura, que es el 968 32 66 35.
La web con la info: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=6638&IDTIPO=100&RASTRO=c280$m12 69 |
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