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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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Cita:
La ley alemana no requiere títulos para llevar un barco fuera de sus aguas territoriales ni conoce el concepto de zonas de navegación. Ni siquiera es obligatorio asegurar el barco en una compañía de seguros. O sea, deberías hacer el transporte antes de cambiar de bandera y propiedad. En este caso, el problema administrativo no lo tendrás con los alemanes, lo tendrás, en su caso, con la GC o con la empresa de seguros en caso de siniestro. No sé si la legislación española prohibe a los españoles pilotar barcos propiedad de ciudadanos de otro país. Lo dudo, pero cosas más raras se han visto. salud y libertad scipio
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¿Por qué seguir tendencias si puedes seguir el viento? El proyecto es el borrador del futuro. A veces, el futuro necesita cientos de borradores. |
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